En la audiencia de inicio del juicio, el fiscal 22° del estado Lara, Briner Daboín, ratificó la acusación contra el hombre por los delitos de homicidio calificado con alevosía y lesiones intencionales personales graves, de acuerdo con lo previsto en el Código Penal.
Méndez Artigas admitió su responsabilidad en el hecho, por lo que el Tribunal 2º de Juicio de Lara dictó la referida condena contra el hombre, quien está recluido en el Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental, conocido como Uribana.
El hecho ocurrió en horas de la tarde del día antes mencionado cuando Soto, de 32 años de edad y estudiante del quinto año de Derecho en la Universidad del Zulia, se trasladaba en una camioneta por el sector 18 de Octubre de Maracaibo, en compañía de otros dirigentes estudiantiles.
El vehículo fue interceptado por una moto en la cual se trasladaban Yixon Méndez Artigas y su hermano Evelio, y dispararon contra la camioneta causándole la muerte a Soto y lesiones a otro de los universitarios.
Vale mencionar que el caso fue radicado en el estado Lara ante la solicitud realizada por el Ministerio Público, la cual fue acordada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, el 19 de noviembre de 2008.
Asimismo, es oportuno señalar que Evelio Méndez Artigas se evadió del Centro Penitenciario de Uribana en noviembre de 2010, sin embargo, murió en mayo de 2011.
Por este caso fueron acusados en su oportunidad por haber favorecido la evasión de Evelio Méndez y otro privado de libertad, los sargentos segundo de la Guardia Nacional Bolivariana: Manuel Ojeda Pérez, Danny Pérez Castillo y Carlos Palma Villegas, quienes están en fase de juicio.
Nota de prensa/ Ministerio Público.