Según resolución de las normas general del Sicad, publicada nuevamente por «error material en el original del texto», se elimina el tope a las solicitudes de divisas que realicen las personas naturales a través del sistema.
Así se establece en la normativa publicada por el Banco Central de Venezuela (BCV) en la Gaceta Oficial N° 40.201.
El artículo 19 de la normativa no señala los montos máximos de adjudicación de divisas a través de las subastas para personas naturales. En la resolución anterior publicada en la Gaceta 40.200 se indicaba un límite de 3.000 dólares en el caso de viajeros al exterior y de 5.000 dólares para casos de salud y estudios en el extranjero.
Asimismo el BCV autorizó a los bancos universales, microfinancieros, bancos comerciales de desarrollo y entidades de ahorro y préstamo en proceso de reestructuración para tramitar operaciones de compra y venta de divisas o títulos valores.
En un aviso oficial el ente emisor publica este lunes se mantienen las condiciones para autorizar divisas a las personas naturales cuyos gastos sean para cubrir consumos para viajes en el exterior, para estudios en el extranjero, para salud, investigaciones científicas, deportes, cultura y otros casos de especial urgencia, así como para el pago de bienes requeridos para la prestación de servicios profesionales.
Fuente: ÚN