Este jueves, José Luis Tamayo, abogado defensor de Iván Simonovis, espera que en los próximos días el poder judicial, específicamente la jueza 1º de Ejecución de Maracay, Ada Armas, se pronuncie sobre la solicitud de medida humanitaria solicitada hace más de 5 meses. «La jueza ha venido posponiendo las decisiones, pide exámenes y más exámenes», indicó.
El abogado espera que la próxima semana, cuando los tribunales se hayan reintegrado a sus funciones tras las fechas decembrinas, se ejecute el traslado de Simonovis hasta el tribunal y se otorgue una medida humanitaria.
«El hecho de que él (Presidente Nicolás Maduro) haya negado (la Amnistía o indulto) no implica que no tenga la posibilidad de hacerlo», acotó Tamayo quien aseguró que el Jefe de Estado «dejó abierta la posibilidad» de una medida humanitaria a cargo del poder judicial.
En el mismo sentido, Tamayo advirtió que si la jueza encargada del caso no se pronuncia, estaría violando los derechos a la salud y podría haber acciones en su contra.
El jurista informó que la salud de Simonovis «sigue deteriorándose» y su estado de ánimo «no es bueno». «Hay una tendencia a la depresión, es lógica que sea así, hace 6 años atrás (Simonovis) era sano, hoy es una persona enferma con 19 patologías», subrayó en declaraciones a Unión Radio.
Tamayo explicó que el Ejecutivo partió de «una falsa premisa» que le suministraron y que consideró «inexacta» debido a que Simonovis no fue condenado por crímenes de lesa humanidad. «Eso no es cierto,Simonovis fue condenado junto a los otros comisarios a penas por delitos ordinarios de homicidio y lesiones en complicidad correspectiva», precisó en una entrevista a la emisora.
Manifestó que la complicidad correspectiva implica que «no se supo quién fue el autor de las dos muertes y 17 lesionados» en los sucesos del 11 de abril de 2002. Lamentó que el primer mandatario «justifique la no concesión» de la amnistía o indulto basándose en una idea «equivocada» de que se trata de un delito de lesa humanidad.
El abogado recordó que el artículo 29 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela prohíbe que se concedan indultos a amnistías a aquellas personas condenadas por delitos de violaciones graves a los Derechos Humanos y por delitos de lesa humanidad.
DC/ Unión Radio/ Globovisión