La historia Constitucional de Venezuela es rica en conceptos, preceptos, derechos y garantías para los ciudadanos, desde los primeros pininos Constitucionales que se dieron en 1811 cuando se firmó el acta que declaraba a la nación irreversiblemente libre, soberana e independiente del reino español, hasta nuestros días, cuando con la redacción del último texto fundamental se desarrolló de manera explícita y a fondo el tema de los derechos humanos al nivel de los países mas desarrollados del orbe.
Pero a pesar de esa incuestionable verdad, tenemos que admitir que en el tema de las LEYES HABILITANTES al igual que en todos los que tienen que ver con la INSTITUCIONALIDAD, este régimen de casi 16 años ha llevado al país al degredo de la regresión burlando no sólo la Constitución, sino usándola como mampara, para cometer todo tipo de tropelías y abusos. En los tiempos de la democracia se le otorgaron poderes especiales o Leyes Habilitantes a los presidentes Rómulo Betancourt, Carlos Andrés Pérez, Jaime Lusinchi y Rafael Caldera, y estas se concedieron por una única oportunidad y por un lapso que nunca se extendió más allá de un semestre, tiempo absolutamente suficiente para abordar y legislar sobre la materia específica para la que era solicitada; Betancourt para hacerle frente al tema de las conspiraciones y bajar el salario a los funcionarios públicos por la nefasta herencia económica de la dictadura, CAP para crear el Fondo de Inversiones de Venezuela y canalizar racionalmente el fomento del desarrollo nacional, porque el precio petrolero había pasado de 3.90 dólares por barril a 13.50 dólares, Caldera por la abrupta caída de los precios del crudo y la asfixia financiera que padecía el estado, ya que era la única fuente de financiamiento del presupuesto nacional, en palabras más palabras menos, el poder legislativo siempre fue celoso a la hora de preservar sus funciones legislativas, para las cuales eran electos por el pueblo y se limitaban a habilitar al presidente en Consejo de Ministros, por un tiempo reducido y a dictar decretos con rango y fuerza de ley, en materias muy concretas. Pero con la llegada de esta llamada revolución bolivariana o socialismo del siglo XXI, la PERVERSIÓN HABILITANTE ha sido brutal e irresponsable, la primera de ellas, cuando se habilitó a Hugo Chávez en 1999 para que terminara dictando los famosos 49 decretos de leyes que marcaron el inicio de la destrucción de PDVSA y el aparato productivo, con la subsiguiente crisis política y social del 2001 y 2002 que culminó con la carta de su renuncia, que leyó el trisoleado Lucas Rincón, la historia se repitió en los años 2000, 2007 y 2010, con el extinto presidente Chávez, para seguir en 2013 con la otorgada a Nicolás Maduro que venció la semana pasada con 28 instrumentos que sólo sirven para seguir concentrando el poder en el presidente y acorralando al sector productivo y la sociedad; de todas estas experiencias, se ha concluido con la producción de leyes en serie, como si se tratara de una fábrica de embutidos, que los ha llevado a la flagrante y sostenida violación de la Constitución y la sustitución del consagrado Estado, Federal, Descentralizado, social y de derecho que ella consagra, por este Neo Estado centralizado, militarista y comunista que han venido montando todos estos años, gracias a que la Asamblea Nacional se ha auto castrado de manera irresponsable para permitir la destrucción jurídico institucional del país y del estado de derecho.
Por todos estos atajos transitados y para ponerle un freno verdadero a esta locura chavista, es necesario poner toda nuestra atención y esfuerzo a la cita comicial del año próximo, porque es menester restituir los valores de la Constitución que han sido ultrajados y la más eficiente y mejor manera de proponérnoslo y lograrlo es ganando una contundente mayoría en la Asamblea, con diputados aptos, preparados y dispuestos a hacer valer la Constitución y los derechos ciudadanos allí consagrados.
DC / Lic. Pedro Segundo Blanco / Ex Parlamentario del Estado Sucre / Petersecond1@hotmail.com / @pedrosegundoABP