Súmate exhorta a los Rectores del Consejo Nacional Electoral (CNE) a cumplir con su deber de dar a conocer la información correspondiente a la publicación del Registro Electoral (RE) Preliminar, como el total de electores habilitados para votar en las Parlamentarias del 6 de diciembre (6D), el procedimiento a seguir por las personas que encuentren errores en sus datos que pudieran impedir su derecho a ejercer el voto, y las facilidades logísticas para ejercer este derecho consagrado en los artículos 33, 35, 36 y 37 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE).
Esta ONG precisa que aunque el CNE haya actualizado desde el pasado viernes 24 de julio la información de los ciudadanos inscritos para el corte del Registro Electoral Preliminar en su sitio web (cne.gob.ve), tal como está previsto en la actividad 17 del Cronograma Oficial; sin embargo, cuando han transcurrido dos de los 15 días del lapso para la impugnación al RE Preliminar, que inició el pasado sábado 25 de julio y finalizará el sábado 8 de agosto; sigue sin informar sobre cuál es el procedimiento a seguir por los electores que, luego de revisar sus datos, hayan detectado que a pesar de que se inscribieron no aparecen incorporados en el padrón de votantes, que estando inscritos previamente fueron excluidos o migrados de su centro de votación sin su consentimiento, o que encontraron errores en sus nombres, apellidos o fecha de nacimiento.
Además, alerta que los primeros dos de los 15 días del lapso para la impugnación al Registro Electoral Preliminar de las Parlamentarias del 6D no fueron laborables (fin semana del 25 y 26 de julio), en los cuales las Oficinas Regionales del CNE (ORE) estuvieron cerradas para atender los reclamos de los electores con solicitud de corrección o subsanación de errores en sus datos; por lo cual solicita al Poder Electoral informar como compensarán estos dos días y si laborarán en los próximos fines de semana del 1 y 2, y sábado 8 de agosto. En el caso de que no lo haga, el CNE incumpliría con lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Orgánica de Procesos Administrativos (LOPA), el cual expresa que al no especificarse como “continuos” los 15 días indicados en el artículo 37 de la LOPRE para impugnar al RE Preliminar, éstos deben interpretarse como días hábiles, es decir, que deben laborar en los mismos.
Por último, esta ONG indica que como sólo hay 10 días hábiles dentro del lapso para la impugnación al RE Preliminar, incluyendo este lunes 27 de julio, los electores con solicitud de corrección o subsanación de errores en el Registro Electoral Preliminar por ahora solo tienen como vías de solución: 1. Ubicar la Planilla de Reclamos, en el sitio web del CNE (www.cne.gob.ve) en el enlace “Registro Electoral” o solicitarla en cualquiera de las 24 Oficinas Regionales Electorales del CNE, situadas en las capitales de cada estado; 2. Reportar la situación irregular específica detectada en el Registro Electoral Preliminar; 3. Firmar y estampar su huella dactilar en el espacio previsto para ello; 4. Anexar una copia legible de su Cédula de Identidad; 5. Entregarla en la Oficina Regional Electoral de su estado, y 6. Asegurar obtener una constancia de haber realizado su impugnación al Registro Electoral Preliminar.
DC | NP