Decisión de juicio contra Martinelli sin imputar cargos genera dudas

La decisión del magistrado de la Corte Suprema Harry Díaz de solicitar un juicio en contra del ex presidente de la República, Ricardo Martinelli por las escuchas ilegales ha abierto un debate jurídico sobre la interpretación del Código Procesal Penal.

Los defensores del ex mandatario y abogados acusadores alegan que el magistrado Díaz ‘violó el debido proceso’, al saltarse la etapa de formulación de cargos.

Sin embargo, el diputado Jorge Alberto Rosas (quien fungió como fiscal en la causa contra el ex magistrado Víctor Benavides) considera que la decisión está fundamentada en el artículo 492 del Código Penal Acusatorio, que señala en su primer párrafo ‘concluida la fase de investigación, el fiscal emitirá opinión jurídica en la que expresará su solicitud de sobreseimiento o de elevación de la causa a juicio’.

A juicio de Rosas, en los procesos contra diputados ‘no hay etapa de imputación de cargos y se puede ir director a la acusación’.

Precisamente, eso hizo el magistrado Díaz en el proceso al ex presidente Martinelli al solicitar, este viernes, al juez de garantía de la causa, el magistrado Jerónimo Mejía, un juicio oral y 21 años de prisión contra el ex gobernante.

El abogado Ángel Álvarez, quién representa a varias de las víctimas de las escuchas ilegales durante el pasado gobierno, consideró que fue ‘error jurídico’ obviar la imputación de cargos que fija el Código Procesal Penal.

Álvarez alega que si bien es cierto el artículo 492 habla de la solicitud de juicio, en los procesos contra diputados, el mismo artículo hace referencia a la etapa de concluida la investigación y esta fase solo se inicia con la imputación de cargo.

‘Esta es una violación carnal sin fundamento’, insistió Martinelli, sobre quien pesa una alerta azul de la Interpol, que busca localizarlo.

Sidney Sitton, que forma parte del equipo de jurista de Martinelli, alega que el magistrado Díaz pasó por alto el artículo 5 del Código Procesal Penal, que establece en su último párrafo que ‘sin formulación de cargos no habrá juicio, ni pena sin acusación probada’.

Álvarez y Sittón hacen referencia al proceso que le siguió la Asamblea al hoy ex magistrado Alejandro Moncada Luna, en el que hubo imputación de cargos, luego la investigación y por último la condena, a raíz de un arreglo entre las partes.

El diputado Rosas, sin embargo, considera que son dos casos distintos porque cada uno tiene procesos diferentes establecidos en el Código Penal Acusatorio.

 

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