Santos firmó decreto que regula producción de marihuana medicinal

Este lunes, en el Consejo de Ministros, el presidente Juan Manuel Santos firmó el decreto que reglamenta la tenencia y el cultivo de semillas y plantas de cannabis, y que regula los procesos de producción, fabricación, exportación, distribución, comercio, uso y tenencia de estos elementos y sus derivados, estrictamente destinados a uso médico y científico.

La norma contiene siete capítulos y 45 artículos que fijan las reglas para aquellas personas jurídicas y naturales que quieran dedicarse a la investigación y producción de sustancias en cualquier presentación (aceites, extractos, pastillas, soluciones, jarabes, cremas), a partir de los derivados de la planta de la marihuana, para uso medicinal.

En el decreto se definen de manera explícita el tipo de actividades específicas que se permiten, las áreas de cultivo y de fabricación, los beneficiarios de estas prácticas y las condiciones de buenas prácticas de manufactura a las que deben someterse quienes quieran dedicarse a ellas.

La norma señala las condiciones exigidas para los planes de fabricación de productos con base en cannabis, los respectivos protocolos de seguridad y las exigencias que deben cumplir quienes soliciten las licencias con este propósito.

El Consejo Nacional de Estupefacientes, de acuerdo con la norma que será oficialmente dada a conocer en la tarde de este martes, es la máxima autoridad en materia de dichos procesos; a su vez, es la instancia encargada de otorgar las licencias correspondientes.

El decreto también pone límites y requisitos para los procesos de investigación y exportación, con definiciones para cada uno de ellos, así como las exigencias concretas y los procesos de verificación y control.

De manera extraoficial se supo que el Ministerio de Salud preparó este decreto con el objetivo de complementar la ley que cursa en el Congreso de la República, y que autoriza el uso medicinal de los derivados del cannabis.

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