Los hoteles nacionales con categoría 4 estrellas y los pertenecientes a la red de Venezolana de Turismo (Venetur) están autorizados a cobrar en divisas por el hospedaje y por los servicios complementarios en sus instalaciones a los turistas internacionales a partir de este 11 de abril.
Este cambio fue establecido por el Convenio Cambiario 36 del Banco Central de Venezuela (BCV), que circuló en la Gaceta Oficial 40.881 del 7 de abril.
En el artículo 4 del texto legal, se detalla que «las operaciones de compra de divisas a que se refiere el presente artículo, se harán al tipo de cambio complementario flotante de mercado (Dicom) referencial vigente a la fecha de la operación, reducido en un 0,25%».
Desde ahora, los hoteles podrán retener y administrar hasta 40% de las divisas recibidas y el restante deberá venderse al BCV al tipo de cambio Dicom (divisass complementarias).
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