El Ministerio Público acusó a Aleyrin Jesús Canelón (25) y Keivel Gabriel Morgado (21), por su presunta responsabilidad en la muerte del egipcio Abdelrahman Ismail Elsayeb Hassan Abdelaziz (30).
El hecho ocurrió el sábado 19 de marzo de este año en el corredor externo del Aeropuerto Internacional Simón Bolívar de Maiquetía, en el estado Vargas.
Los fiscales 36° nacional y 1ª del estado Vargas, Miguel Hernández y Odelis León, respectivamente, acusaron a Canelón por ser presunto autor del delito de homicidio calificado en la ejecución de un robo agravado. Mientras que Morgado fue acusado por ser cooperador inmediato en el citado tipo penal.
Adicionalmente, ambos jóvenes fueron acusados por asociación para delinquir.
Tales delitos se encuentran previstos en el Código Penal, y la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.
En el escrito presentado ante el Tribunal 5º de Control de Vargas, los fiscales del Ministerio Público solicitaron la admisión de la acusación, el enjuiciamiento de Canelón y Morgado, y que se mantenga la medida privativa de libertad en la Penitenciaría General de Venezuela, en San Juan de Los Morros, capital del estado Guárico.
Aproximadamente a las 5:00 de la tarde del mencionado día, el egipcio llegó al principal aeropuerto del país, procedente de Frankfurt (Alemania), y cuando se dirigía al terminal aéreo nacional por el corredor externo, fue abordado por un joven que portando un arma de fuego intentó despojarlo de sus pertenencias.
Luego de resistirse al robo, la víctima recibió un disparo en la cara que le causó la muerte. Inmediatamente, el agresor huyó en una moto con otro de los involucrados que lo esperaba a escasos metros del lugar.
Tras diligencias coordinadas por los fiscales del Ministerio Público y ejecutadas por funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, se presume la vinculación de Canelón y Morgado con la muerte del extranjero, por lo que fueron detenidos el 23 de marzo en distintos lugares del estado Vargas.
DC | NP