TSJ permite a personas con doble nacionalidad ejercer cargos públicos

En la Gaceta Oficial número 40.909 de fecha 23 de mayo de 2016 se publicó una sentencia del Tribunal Supremo de Justicia que dictamina cómo proceder en caso de que alguien ostente dos o más nacionalidades, incluyendo la venezolana.

“Sentencia de la Sala Constitucional que establece, con carácter vinculante, que ante el supuesto de que una persona ostente múltiples nacionalidades y una de ellas sea la venezolana, será ésta la que tenga prevalencia en todo lo concerniente al régimen jurídico aplicable a la misma”, reza la Gaceta.

De acuerdo con el abogado constitucionalista, José Vicente Haro, esta decisión invalidaría el artículo 41 de la Constitución que establece que: “Sólo los venezolanos por nacimiento y sin otra nacionalidad podrán ejercer los cargos de Presidente de la República (…) magistrados del Tribunal Supremo de Justicia…”

“Esta queriendo justificar la posibilidad de que una persona con doble nacionalidad ejerza la presidencia de la República, haciendo que solo deba regir la venezolana como si las otras nacionalidades no tuvieran validez o relevancia en el ámbito político judicial venezolano. Prácticamente queriendo decir que alguien, ya sea presidente o magistrado si tuviera doble nacionalidad a pesar de la prohibición de la Constitución puede ejercer ese cargo porque en Venezuela solo tiene validez la venezolana”, explicó.

DC|Agencias

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