El Gobierno nacional anunció este jueves 15 de septiembre, un nuevo Decreto de Estado de Excepción. No se trata de una extensión de 60 días, como ya había ocurrido en tres oportunidades. Es un nuevo decreto y tiene nuevas consecuencias para la nación, según aseveró el abogado constitucionalista, José Vicente Haro.
El doctor Haro, alertó durante una entrevista concedida al Diario 2001, de cuatro consecuencias llamativas como razones de este nuevo decreto. A continuación, le explicamos:
1) Se instaura una dictadura constitucional en Venezuela
El abogado con postgrado en Derecho Constitucional, aseveró que hoy, en el Día Internacional de la Democracia, en Venezuela se acaba de instaurar lo que se conoce como dictadura constitucional: «se trata de un modo de mandato o régimen que se establecen a través de Estados de Excepción», lo que afirmaría que «en Venezuela no hay democracia».
2) El Ejecutivo despoja de sus funciones a la AN
Con este decreto, el Presidente deja sin efecto a la Asamblea Nacional, y toma las funciones para ejercerlas de la forma que él crea conveniente. Una de las funciones de la AN, que quedaría sin efecto, sería la de sancionar y abrir investigación a personas que ocupen cargos en la administración pública, tales como: ministros, magistrados, alcaldes, gobernadores, entre otros.
El doctor Haro subrayó que, en este caso, el objetivo del Gobierno es «desconocer cualquier tipo de sanción que pudieran tener funcionarios públicos, de cualquier ente de los poderes públicos, por parte de la AN».
Así el Ejecutivo busca «quitarle a la AN todo tipo de facultad sancionatoria de responsabilidad politica, no solamente sobre funcionarios del Poder Ejecutivo, sino de cualquier poder del Estado; cosa gravísima que no tiene precedente en el derecho constitucional del Estado», enfatizó.
3) El Presidente no presentaría el presupuesto para el 2017
Como norma preestablecida en la Constitución venezolana, cada vez que un Mandatario se dispone a iniciar un nuevo año de mandato, está obligado a presentar ante el parlamento, el presupuesto requerido para llevar a cabo su gestión. La Asamblea es la encargada de aprobar o desaprobar ese presupuesto.
Con este nuevo decreto, el Presidente está señalando, «no va a respetar la Ley de Presupuesto», establecida en nuestra Constitución, y que no va a presentar nigún presupuesto ante la AN para el año 2017.
Haro enfatizó, alarmado que, hay un artículo «inconstitucional» que está diseñado de manera amplia, en el que se reafirma que el «Presidente no va a presentar ante la AN una ley de presupuesto para el ejercicio fiscal de 2017. Él simplemente va a usar su presupuesto con base al Decreto de Estado de Excepción, en fraude a la Constitución».
En este sentido, el Ejecutivo también tomaría las decisiones, según lo que considere conveniente, en todo lo referente al tema económico: asuntos presupuestarios, endeudamiento del BCV, solvencia, entre otros, «actuando por encima de la Constitución» (…) «Todo lo va a hacer el Poder Ejecutivo al margen de la Constitución y sin cotrol de la AN».
4) El Presidente controlará la alimentación, higiene personal y salud
Con este nuevo decreto de Estado de Excepción, el Mandatario quedaría con el control absoluto de los rubros alimentación, salud e higiene personal en el país.
«De manera concreta en este decreto se cercena gravemente el derecho a la libertad económica y el derecho a la propiedad, de las empresas que trabajan con los rubros: alimentación, higiene personal y salud», subrayó.
Es un nuevo decreto que representa un paso adelante hacia «lo que es una dictadura constitucional y representa un fraude a la Constitución».
5) El Gobierno podría «confiscar» terrenos para la «agricultura urbana»
En el decreto queda establecido que cualquier espacio o terreno valdío u «ocioso», podría ser tomado y utilizado para la siembra o lo que se denomina «agricultura urbana».
El también profesor de derecho, explicó que este decreto además «atenta contra la propiedad privada. Porque puede prácticamente el Gobierno confiscar (…) Esto es otra violación del Art.115 que es el derecho a la propiedad».
DC | 2001