El abogado constitucionalista, Hermann Escarrá, afirmó en una entrevista exclusiva para Últimas Noticias que levantar la inmunidad parlamentaria “no es posible en el marco del estado de excepción, y menos en Venezuela cuyo estado de excepción es democrático y humanista, y tampoco es posible mediante un decreto de Gobierno del Ejecutivo”.
En entrevista telefónica, el jurista calificó de positivo y “pedagógico” que el Presidente de la República haya decidido consultar a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia al respecto, pues “es el órgano especializado para interpretar la Constitución”, pero cree que la instancia interpretará que no se puede eliminar la inmunidad de esta manera, ya que esta “es una prerrogativa constitucional que se le da a la Asamblea”.
Además, aclaró que el decreto de estado de excepción vigente, por su naturaleza, “no puede alterar el funcionamiento de un Poder Público nacional”.
Escarrá recordó que sólo durante el Gobierno de Rómulo Betancourt, en 1963, “el Consejo de Ministros emitió un decreto suspendiendo la inmunidad con órdenes de aprehensión, sin el procedimiento”.
Indicó que “la inmunidad es una protección por las opiniones que puedan darse dentro de la Cámara… Ellos tienen la garantía de la inviolabilidad cuando están actuando en el ejercicio de sus funciones, y si el diputado comete el delito fuera de la Cámara y no actuando en función parlamentaria, sino simplemente porque es diputado, procede la acción penal y la acción civil”.
Al respecto, el presidente de la Asamblea Nacional, Henry Ramos Allup, dijo ayer en una entrevista de TV que “Maduro no puede por decreto ni ley suspender la inmunidad parlamentaria contemplada en la Constitución, sólo lo puede hacer una sentencia del Tribunal Supremo de Justicia tras el inicio de un juicio”.
Explicó que el Tribunal no puede enjuiciar a los diputados “si no hay previa autorización de la Cámara”. “El Parlamento es el que califica a los diputados, y es ella la que puede levantar la inmunidad”, insistió.
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