¡Por 200 años! Sebin prohíbe la salida del país a esposa de Lester Toledo

El Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin) insiste en arrogarse competencias que son de los fiscales y de los jueces; y prueba de ello es que le impuso a Yenny Patricia Chacín Rincón, esposa del solicitado diputado del Zulia, Lester Toledo, una medida de prohibición de salida del país.

El organismo dirigido por el general Gustavo González López logró que el Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (Saime) incluyera al cónyuge del dirigente de Voluntad Popular (VP) en la lista de personas que no pueden dejar el país. La restricción está vigente desde el pasado 30 de agosto, según figura en el sistema informático de la autoridad migratoria, en el cual también consta que la misma estará vigente hasta el 30 de agosto de 2216, es decir, por los próximos 200 años.

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El pasado 31 de agosto, el ministro del Interior y Justicia, Nestor Reverol Torres, anunció que sobre Toledo pesaba una orden de captura por presuntamente estar incurso en los delitos de asociación para delinquir y financiamiento del terrorismo, y por formar parte de una supuesta trama que orquestaba hechos violentos durante la marcha opositora del pasado 1° de septiembre. Desde entonces, el diputado del Consejo Legislativo del Zulia se encuentra en la cladestinidad.

Tanto en los tribunales como en el Ministerio Público (MP) la medida generó revuelo, porque ningún fiscal la pidió ni ningún juez la ordenó. “No hay ninguna investigación contra esa señora”, aseguraron los informantes.

El artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal (COPP) es claro al señalar que “el Juez de Control, a solicitud del Ministerio Público, podrá decretar la privación preventiva de libertad del imputado o imputada siempre que se acredite la existencia de: un hecho punible que merezca pena privativa de libertad y cuya acción penal no se encuentre evidentemente prescrita. Fundados elementos de convicción para estimar que el imputado ha sido autor o partícipe en la comisión de un hecho punible. Una presunción razonable, por la apreciación de las circunstancias del caso particular, de peligro de fuga o de obstaculización en la búsqueda de la verdad respecto de un acto concreto de investigación”.

Esta decisión se produce días después de que el Sebin citara a seis dirigentes opositores de Caracas y Nueva Esparta, para entrevistarlos por supuestas investigaciones que tenía contra ellos. Entre los llamados figuraba el alcalde de El Hatillo y también dirigente de VP, David Smolansky.

Para el abogado de Smolansky, Juan Carlos Gutiérrez, la medida contra la esposa de Toledo es una violación a derechos fundamentales y además supone un delito.

“Se le están violando Derechos Humanos como lo es la libertad y el debido proceso, porque a nadie se le puede detener, prohibir salir del país, allanar su casa o intervenir su correspondencia sin que un juez lo ordene en el marco de una investigación criminal conducida por un fiscal”, afirmó el penalista, quien agregó: “El Sebin es un órgano administrativo que no tiene competencias para restringir ningún derecho fundamental sin una orden judicial y al hacerlo está incurriendo en los delitos de abuso de poder y de usurpación de funciones”.

Tras destacar que el sistema del Saime está diseñado según lo que establece la estructura legal venezolana, Gutiérrez añadió: “Hay un reglón donde dice: Juzgado, lo cual supone el reconocimiento de que solo un juez es puede limitar la libertad, tal y como señala el artículo 44 constitucional. Sin embargo, en este caso no aparece ningún juzgado sino que dice Sebin”.

Por último, el abogado reclamó del despacho dirigido por Luisa Ortega Díaz que tome cartas en el asunto y que investigue las reiteradas actuaciones del Sebin asumiendo competencias que son “exclusivas y excluyentes del Ministerio Público y de los tribunales”.

DC | Crónica Uno

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