La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) aprobó, mediante sentencia 952/2016 de fecha 21-11-2016, la quinta prórroga al Decreto de Excepción y Emergencia Económica que ya había sido rechazado por la Asamblea Nacional y que da poderes extraordinarios a Nicolás Maduro.
La organización no gubernamental Acceso a la Justicia denunció que los criterios de la Sala para declarar constitucional este decreto «están divorciados de la letra, espíritu y propósito de la Constitución en una magnitud tan grave y notoria que resulta evidente que no pueden ser cumplidos por ninguna autoridad o funcionario, pues acatarlos violaría los pilares fundamentales del Estado de derecho, ya vulnerados por la Sala Constitucional y el mismo Ejecutivo Nacional».
El decreto no delimita los poderes dados a Maduro, que van desde “dictar las medidas que considere convenientes” en el proceso de distribución de alimentos y anula las competencias de contraloría de la Asamblea Nacional, al poder disponer de recursos sin la aprobación del parlamento.
Esta medida incluye discrecionalidad en el uso y entrega de divisas y la aplicación de las medidas que él considere pertinentes para mantener el orden público, entre otras funciones.
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