TSJ negó demanda de nulidad contra el proceso Constituyente #7Jun

La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, a través de la sentencia 00647, expediente 2017-0428, se calificó como incompetente para decidir sobre una demanda de nulidad al proceso Constituyente invocado por el presidente de la República, Nicolás Maduro.

La sentencia afirma que el mandatario nacional “puede dictar actos de rango sublegal en ejecución de leyes”, por lo que no procede la demanda que pedía la nulidad de los decretos 2.830 y 2.831, firmados por la Presidencia de la República, con los que se convocó a la Asamblea Nacional Constituyente y a una Comisión Presidencial para tales fines.

El documento en contra fue interpuesto por los abogados Ivett Lugo Urbaez, Elinor Teresa Montes Méndez, Elenis Rodríguez Martínez, Carlos Alfonso Prince, Jaime Daniel Martínez Mila y Omar Estacio.

El argumento del TSJ fue que el llamado a Constituyente es una “ejecución directa de la Constitución, cuyo control se reserva de manera exclusiva a la jurisdicción constitucional”.

DC | Caraota Digital

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