En Gaceta Oficial número 41.209 de fecha martes 8 de agosto, fueron publicadas las tasas de interés aplicables durante el mes de julio de 2017 establecidas por el Banco Central de Venezuela.
Las los intereses aplicables a las obligaciones derivadas de la relación de trabajo en el caso de la tasa activa para los supuestos que se refieren a los artículos 128, 130 y 142 literal “F” y 143 cuarto aparte de la Ley Orgánica del Trabajo se ubicaron en 21,30%.
La tasa promedio del supuesto que se refiere el tercer aparte del artículo 143 de la Ley Orgánica del trabajo se estableció en 18%.
Por otra parte las operaciones con tarjetas de crédito, tendrán un arancel máximo activo anual de 29%; la mínima anual estuvo en 17%, mientras que la máxima adicional anual, que podrá ser cobrada por obligaciones morosas, quedó establecida en 3%.
Finalmente en el documento oficial se dan a conocer las tasas de intereses para operaciones crediticias destinadas al sector turismo, la tasa activa máxima fijada para el mes de agosto será de 9,10%, y el interés activo máximo preferencial establecido en el numeral queda reducido al 3%.
DC | Agencias