Ante la imposibilidad de generar una opción de fuerza contra la ocupación de nuestro país, los venezolanos hemos volteado hacia la comunidad internacional esperando su ayuda, siendo hasta ahora lenta, tímida e ineficaz para resolver los problemas que conocemos todos: que hay gente comiendo pocoo lo está haciendo de la basura; que hay personas muriendo por falta de medicinas; que la delincuencia está autorizada para matar y que la violencia contra la oposición está destruyendo los hogares y llenando las cárceles de jóvenes y gente inocente, cuando no los asesinan.
El primer responsable de las mencionadas carencias es el Estado venezolano. Como dijo el papa Benedicto XVI en su visita a la Sede de la Organización de las Naciones Unidas, el 18 de abril de 2008: Todo Estado tiene el deber primario de proteger a la propia población de violaciones graves y continuas de los derechos humanos, como también de las consecuencias de las crisis humanitarias, ya sean provocadas por la naturaleza o por el hombre.
Ante el comportamiento inhumano del gobernante que no es capaz de garantizar esta protección, la comunidad internacional puede intervenir, y esto no sería una imposición injustificada o una limitación a la soberanía.
La comunidad internacional ha dado pasos hacia ese deber de proteger, lo ha denominado “responsabilidad de proteger” en el Documento Final de la Cumbre Mundial 2005 (Sede de las Naciones Unidas, Nueva York), en el que se expresó: La aceptación clara e inequívoca de todos los gobiernos de la responsabilidad colectiva internacional de proteger a las poblaciones del genocidio, los crímenes de guerra, la depuración étnica y los crímenes de lesa humanidad. La disposición a tomar medidas colectivas de manera oportuna y decisiva para tal fin, por conducto del Consejo de Seguridad, cuando los medios pacíficos demuestren ser inadecuados y las autoridades nacionales no lo estén haciendo manifiestamente.
Esa disposición a tomar medidas colectivas significa ayudar a proteger a la población amenazada de esos crímenes, “en cooperación con las organizaciones regionales pertinentes, cuando proceda, si los medios pacíficos, que incluyen los diplomáticos, humanitarios y de otra índole, resultan inadecuados y ‘es evidente’ que las autoridades nacionales no protegen a su población”, como es el caso venezolano.
Tenemos los siguientes ejemplos: el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, el 26 de febrero de 2011, aprobó la resolución 1970; y exigió que el gobierno deLibiaterminara con la violencia, “recordando a las autoridades libias su responsabilidad de proteger a su población” y le impuso sanciones internacionales. El 17 de marzo de 2011, le exigió al gobierno la cesación inmediata del fuego, el fin de los ataques contra la población civil, que podían constituir “crímenes de lesa humanidad”.
Sobre la República de Costa de Marfil, el 30 de marzo de 2011, el Consejo de Seguridad aprobó la resolución 1975;en la que invocó “la responsabilidad primordial de cada Estado de proteger a la población civil”, y autorizó el uso de la fuerza militar que podía utilizar “todos los medios necesarios para proteger la vida y los bienes”; la cual se inició el 4 de abril de 2011 con la ocupación territorial.
En relación ala República de Sudán del Sur, el 8 de julio de 2011, el Consejo de Seguridad aprobó la resolución 1996, por la que estableció una misión de mantenimiento de la paz y para asesorar y prestar asistencia al gobierno en el cumplimiento de su responsabilidad de proteger a la población civil.
De la República de Yemen, el 21 de octubre de 2011, el Consejo de Seguridad aprobó la resolución 2014; en la que condenó a las autoridades yemeníes por las violaciones de los derechos humanos y alentó el inició de un proceso político inclusivo de transición del poder, que implicó la celebración de elecciones presidenciales anticipadas. Y se reclamó “la responsabilidad primordial de proteger a su población”.
Es posible que el presidente Maduro esté contando con el apoyo de Rusia y de China para que el Consejo de Seguridad no haga nada respecto a los abusos que comete en nuestro país; como sucedió el 4 de febrero de 2012, cuando los mencionados países,en el caso de la República Árabe Siria, aplicaron su derecho de veto ante un proyecto de resolución que exigía el fin de la violencia contra la población civil y el retiro de la fuerza armada.
El Estado venezolano se escuda en la soberanía para que no se investiguen crímenes de lesa humanidad, como lo son: a) asesinatos de manifestantes; b) exterminio por imposición intencional de penosas condiciones de vida, y la privación del acceso a alimentos o medicinas, encaminadas a causar la disminución de una parte de la población que no los acompaña políticamente; c) persecución de alcaldes y otros dirigentes políticos de oposición, encarcelándolos, no liberándolos u obligándolos a huir del país; d) tortura a los manifestantes que el gobierno tiene bajo su custodia o control; e) abusos sexuales a las detenidas; f) el ocultamiento y desinformación de los detenidos; entre otras.
Nuestro país es un caso claro de crímenes de lesa humanidad en el que la comunidad internacional debe aplicar la responsabilidad de prevenir, la responsabilidad de reaccionar y la responsabilidad de reconstruir para consolidar la paz.
El papa Benedicto XVI dijo en la citada reunión, que es “la indiferencia o la falta de intervención lo que causa un daño real”.
DC / Jesús Rangel Rachadell / Abogado – Profesor / @rangelrachadell