A través de la gaceta número 41239 quedó oficializada la reducción del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para pagos efectuados a través de medios electrónicos en el marco del Decreto del Estado de Excepción y Emergencia Económica.
La reducción de 3 % de la alícuota general aplicará para venta de bienes muebles y servicios hasta por la cantidad de Bs. 2.000.000, y superior a Bs. 2.000.000 gozará de una rebaja de 5 %.
La resolución aclara que cuando el pago sea a través de medios no electrónicos se aplicará la alícuota prevista en el artículo 62 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley que establece el IVA.
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DC | Unión Radio