Este es el acuerdo que el gobierno se negó a firmar en República Dominicana

Este fue el documento que llevó la delegación opositora a República Dominicana el miércoles 7 de febrero para ser discutido y firmado por las partes en la negociación con el gobierno de Nicolás Maduro. Los representantes del chavismo no esperaron para recibirlo y se negaron a suscribirlo.

Acuerdo de Convivencia Democrática por Venezuela
Santo Domingo, República Dominicana
7 de febrero de 2018

Propuesta Oposición

Reunidos gobierno y oposición coinciden en la necesidad de acordar un marco político, económico y social que genere avances efectivos en la situación actual de Venezuela.

Los objetivos del presente acuerdo son la afirmación de la soberanía nacional, la estabilidad democrática, la gobernabilidad, el pleno respeto de los derechos humanos, las garantías en los procesos electorales, la cooperación ante las coyunturas económico-sociales existentes, afirmar el estado de derecho constitucional, el desarrollo pleno de los derechos políticos y el compromiso por el respeto democrático, el rechazo absoluto a la violencia como instrumento político y una política de reconciliación, como fundamento para la convivencia democrática nacional.

El desarrollo de los puntos de este acuerdo estará sujeto al cumplimiento recíproco de todos los compromisos adquiridos

1. Soberanía y sanciones unilaterales contra Venezuela

Gobierno y Oposición acuerdan trabajar en la medida que el Gobierno avance en el otorgamiento de garantías democráticas en Venezuela, para que se revisen las sanciones que bloquean capacidades financieras del ejecutivo. Por tanto, se crea una comisión bilateral para las oportunas gestiones en la comunidad internacional.

El gobierno y la oposición ratifican los legítimos derechos de Venezuela sobre el territorio de la Guayana Esequibo, y resaltan su apego irrestricto al Acuerdo de Ginebra de 1966 como único instrumento jurídico válido para dirimir esta controversia territorial y alcanzar amistosamente el arreglo práctico y satisfactorio para ambas Partes.

Las Partes ratifican su respaldo firme a las acciones que emprenda la República Bolivariana en defensa de sus derechos soberanos sobre el Esequibo.

2. Elecciones

{Cronograma electoral y fecha electoral por definir}

Garantías del proceso electoral:

  • En la búsqueda de garantizar un ente electoral con garantías de transparencia e imparcialidad, se acuerda la designación, a través del TSJ, en un plazo no mayor a las 48 horas, de los dos rectores designados en fecha 13 de diciembre de 2016 por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. Los rectores a designar serán fruto del consenso de los firmantes de este acuerdo.
  • Se acuerda la conformación de una misión de Observación Electoral Internacional, dirigida por la ONU e integrada adicionalmente por representantes de diversas organizaciones internacionales, los países acompañantes de este acuerdo y cualquier otro país u organización acordado por las partes.
  • El cronograma electoral se iniciara y desarrollara con la instalación de la Observación Internacional. Se acuerda que esta misión de observación tenga todas las posibilidades de participar en todas las etapas e instancias del proceso electoral.
  • El Gobierno acuerda enviar, en un plazo no mayor a 48 horas, la carta de invitación para la misión de observación al Secretario General de Naciones Unidas.
  • Se acuerda garantizar espacios de publicidad gratuitos para Gobierno y Oposición, de manera diaria y continua durante todo el proceso electoral, en los medios radioeléctricos públicos y privados de Venezuela, y por un mínimo de 5 minutos diarios por canal.
  • Se acuerda garantizar el equilibrio informativo en medios públicos y privados durante todo el proceso electoral. Ambas partes acuerdan no promover ninguna legislación que implique reducir la libertad de expresión en medios radioeléctricos o redes sociales. El Gobierno se compromete a la suspensión de las cadenas de radio y TV durante toda la campaña electoral. La Comisión electoral de alto nivel velara por la no existencia de censura tanto en medios públicos como privados en todo el proceso electoral.
  • A la fecha de la convocatoria de las elecciones los centros nacionales de votación serán reinstaurados a sus lugares originales y deberá procederse a la mayor difusión pública posible para conocimiento de los electores.
  • Se acuerda la reversión de las inhabilitaciones políticas a todos los dirigentes de la oposición, incluyendo a Henrique Capriles y Leopoldo López.
  • Se realizarán todas las auditorías técnicas a la plataforma tecnológica y a los cuadernos de votación, con los estándares establecidos, no inferiores a los utilizados en las elecciones del 7 de octubre de 2012 y del seis (06) de diciembre de dos mil quince (2015). En particular las citadas auditorías afectarán a todos los componentes del sistema, con protocolos acordados y claramente establecidos y presencia de la observación internacional. De cada auditoria se levantará un acta donde las partes podrán dejar asentadas sus observaciones.
  • Se acuerda incluir explícitamente en el cronograma electoral, el sorteo de los miembros de mesa que prestaran servicio electoral en la elección presidencial, además de la adecuada notificación a los mismos, entrenamiento y acreditación a través del Poder Electoral. Se acuerda garantizar que, en los procesos de instalación y constitución de mesas electorales, se cumpla estrictamente con lo establecido en las leyes relacionado con la incorporación de los miembros de mesa.
  • Ambas partes acuerdan la inclusión en el cronograma electoral del proceso de apertura y actualización del Registro Electoral, tanto dentro como fuera del país, de manera de garantizar el ejercicio del derecho del voto a todos los venezolanos. Se debe garantizar la debida publicidad de este proceso, a través de campañas institucionales del CNE. Este proceso de actualización del RE deberá tener una duración mínima de 15 días continuos.
  • En el interior del país se garantizará el despliegue de 1500 puntos de actualización como mínimo, distribuidos en todas las parroquias del país. En el extranjero debe garantizarse el funcionamiento de los puntos de actualización electoral en cada sede consular. Ambas partes acuerdan la ubicación de puntos de actualización adicionales, ya sea por indisponibilidad de la sede consular, o por elevada densidad en la presencia de venezolanos en determinada localidad.
  • Las partes acuerdan la legalización inmediata, en un plazo de 48 horas, de los partidos MUD, VP y Primero Justica.
  • Ambas partes acuerdan, en función de garantizar equilibrio en la estructura del CNE de cara a las elecciones presidenciales, la presencia de ambas partes en cada comisión de trabajo del CNE, como lo son la COPAFI, la JNE y la Comisión de RE. Igualmente se acuerda la designación equilibrada de Directores principales y adjuntos en cada ORE del CNE, en un plazo de una semana luego de la firma del presente acuerdo.
  • Ambas partes acuerdan la designación equilibrada de Coordinadores de Centro de Votación, en cada Centro de votación del país, en el plazo de una semana a la firma de este acuerdo.
  • Ambas partes acuerdan, en función de preservar inalienable el derecho al voto sin presiones externas, la prohibición de proselitismo político y de acción gubernamental alrededor de los Centros de votación el día de la elección, así como de la utilización de medios de identificación y votación distintos a los establecidos en la ley.
  • Ambas partes acuerdan el uso de la tinta indeleble como identificación del votante en la mesa electoral.
  • Ambas partes acuerdan la prohibición estricta del voto asistido en todas las mesas de votación. Solo será permitido en los casos establecidos en la ley y con el voto favorable de los miembros de la mesa electoral.
  • En el seno de la Comisión de Seguimiento y Verificación del Acuerdo, se constituirá un grupo de alto nivel que atenderá los asuntos que se presenten y atenderá el buen desarrollo del proceso electoral. Esta Comisión estará integrada por un representante del gobierno, un representante de la oposición y un representante de la mesa de facilitación.
  • Las partes se comprometen a reconocer el resultado de los comicios presidenciales del año 2018, independientemente de los mismos, siempre y cuando se cumplan todas las garantías establecidas en las leyes y en el presente acuerdo.

Fortalecimiento del Estado de Derecho Constitucional

Ambas partes acuerdan levantar, en un plazo no mayor a 15 días, el desacato judicial que pesa sobre la Asamblea Nacional con el objeto de que recupere sus funciones constitucionales, se convierta en una institución que permita el dialogo social y la reforma económica y social de Venezuela, y coadyuve en el proceso de atención urgente en cuanto a las necesidades del pueblo venezolano.

Gobierno y Oposición acuerdan crear una comisión política, en un plazo no mayor de 15 días, que garantice el desarrollo pleno de las instituciones constitucionales.

4. La Situación Económica y Social

Sin menoscabo de las competencias y responsabilidades que tiene el Gobierno Nacional en materia de políticas públicas en el área económica y social, se acuerda:

Conformar con carácter inmediato una comisión para el estudio, análisis y formulación de propuestas constructivas para abordar la Situación económica de Venezuela. La presente Comisión estará abierta al trabajo y a las propuestas de los diferentes sectores sociales y podrá solicitar la colaboración de expertos.

De manera prioritaria la comisión propondrá medidas para promover el acceso de bienes y servicios a la Población, con énfasis en alimentos y medicinas, a través de diversas vías existentes, como la promoción decidida a la producción nacional, supresión de bloqueos financieros, obtención de líneas de financiamiento ante los diversos organismos y entidades internacionales o países dispuestos a cooperar, y en general, cualquier otra vía que pueda contribuir a tal fin.

La presente comisión se constituirá en los primeros siete (7) días consecutivos a la firma del presente acuerdo.

5. Comisión de la Verdad

Ambas partes acuerdan, en la búsqueda de la paz y la convivencia de los venezolanos, proceder de manera inmediata, en un lapso no mayor a 30 días, a la liberación de todos los presos políticos, incluyendo a Leopoldo López, así como a facilitar el retorno de los exiliados políticos a Venezuela.

Gobierno y oposición acuerdan la conformación de una Comisión de la Verdad y los Derechos Humanos. La misma se configurará de la siguiente manera:  tres (03) representantes de la Oposición y tres (03) del Gobierno, así como una ONG de larga trayectoria en la promoción y defensa de los derechos humanos, propuesta por la Oposición.

Esta Comisión tendrá como objetivos los siguientes temas: revisión de casos de violación de derechos humanos en general, la regularización de la actividad política en Venezuela en plenitud de dicho ejercicio, la des judicialización de la actividad política y la creación de garantías para todos gobierno y oposición, así como la reconciliación, la reparación de las víctimas, La Paz, la justicia, y para una convivencia democrática en Venezuela.

6. Comisión de Seguimiento y Verificación del Acuerdo

La Comisión se constituye al objeto de impulsa, efectuar el seguimiento y cumplimiento de los acuerdos entre Gobierno y Oposición.

Estará integrada por (representantes del Gobierno, representantes de la Oposición), el Gobierno de la República Dominicana, los Cancilleres de los países acompañantes que acompañan la firma del presente acuerdo y el ex presidente Rodríguez Zapatero. Se reunirá cada 15 días en el lugar donde se determine. Será presidida y convocada por el gobierno de la República Dominicana.

El Gobierno y la Oposición podrán promover convocatorias extraordinarias a través del presidente de República Dominicana.

La Comisión de Seguimiento garantizará el cumplimiento de los acuerdos, resolverá las dudas interpretativas y los conflictos que pueda producirse. Su método de decisión será de consenso.

Así mismo, la Comisión podrá dirigirse formalmente a gobiernos, organizaciones y entidades internacionales, para solicitar la colaboración en el desarrollo de este Acuerdo, todo ello, desde el respeto a la soberanía de la República Bolivariana de Venezuela.

Todos los textos, acuerdos e informes de la Comisión serán depositados en el gobierno de República Dominicana que actuará como fedatario de su autenticidad. La Comisión nombrará un coordinador y una Secretaría Técnica a los que se les facilitará el apoyo necesario para el desempeño de su tarea.

La Comisión trabajará por tiempo indefinido y en todo caso revisará el Acuerdo y la necesidad de su mantenimiento, modificación y extinción tras las elecciones presidenciales de dos mil dieciocho (2018).

Hecho y firmado en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, a los seis (06) días del mes de febrero de dos mil dieciocho (2018).

Firman,

En representación del gobierno de la República Bolivariana de Venezuela,

________________________________

En representación de la oposición al gobierno de la República Bolivariana de Venezuela,

DC | Tal Cual Digital

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