¡Atentos! Transportistas también deberán declarar el ISLR aunque no les toque pagarlo

Los ciudadanos que ejerzan labores de transporte como: taxistas, conductores de transporte público o privado, o en su defecto por puesto, que durante el año 2017 hayan percibido ingresos superiores a 32 mil unidades tributarias (9 millones, 600 mil bolívares), están obligados a declarar el Impuesto Sobre la Renta (Islr), aunque la suma total no arroje la requerida para pagar.

Los conductores son calificados por la Ley del Islr como personas naturales, por lo tanto, deberán cumplir con el pago en el caso que lo amerite, informó el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), a través de su portal web.

“La Ley Impuesto Sobre la Renta a diferencia del Impuesto al Valor Agregado (IVA), no expresa una exención para el transporte de personas por vía terrestre, lo que obliga a las personas dedicadas a esta actividad a declarar y pagar cuando corresponda”, señaló el organismo.

La institución invitó a los contribuyentes y, en especial a los conductores de taxis, autobuses y autos por puesto, a realizar la declaración definitiva de rentas correspondiente al año fiscal 2017 antes del 2 de abril de 2018.

DC | Caraota Digital

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