El controvertido asunto del antejuicio de mérito al presidente de la república, Nicolás Maduro, llegará este martes a la Asamblea Nacional (AN), donde no es seguro que se tengan los votos para aprobar una moción aprobatoria.
La Asamblea que se instauró el 5 de enero de 2016 no es la misma que ahora se dispone a enfrentar este espinoso asunto presidencial. No solo ha sido neutralizada en su acción política por decisiones del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) sino que las fracciones de la Mesa de Unidad Democrática (MUD) que integraron aquella mayoría calificada de 112 parlamentarios ahora están divididas en tres bandos.
El artículo 110 de la Ley del TSJ establece que la autorización para el antejuicio de mérito debe ser aprobada “con el voto favorable de las dos terceras partes de sus miembros”.
La cámara está integrada por 167 miembros, es decir que las dos terceras partes son 112 miembros.
La ley no habla de los miembros presentes sino de los miembros. Esto es importante porque la bancada del Gran Polo Patrióticos dejó de asistir al hemiciclo hace varios meses, pero sus miembros de cuentan legalmente.
Pero el problema esencial no es ése sino que está en la propia oposición. Después de las elecciones de gobernadores, a la que asistió la MUD, se produjo una primera escisión en la unida bancada opositora, cuando los diputados que controlan Antonio Ledezma y Maria Corina Machado, decidieron crear la bancada del 16 de julio, aludiendo a la consulta que el año pasado hiciera la oposición convocando exitosamente a millones de personas a firmar tres propuestas.
Además de esto, la semana pasada, se produjo otra división en la bancada de la MUD, cuando el señor Leocenis García logró convocar en acto público a más de una decena de diputados de la AN, entre principales y suplentes, para hacer tienda aparte.
García emitió un tweet fustigando a la oposición que “le miente al país” y le acusa de “demagógica”. La razón que esgrimió es que hacen falta precisamente los 112 votos que él considera que no posee la oposición parlamentaria.
Obviamente, si Leocenis García piensa así, es que no está contando los votos de los siete parlamentarios principales que estaban en el mencionado acto político. Ya no están los 112 votos a los que se refiere la Ley del TSJ para aprobar el antejuicio.
Este análisis no toma en cuenta que hay tres diputados opositores de Amazonas que, según el TSJ, están desincorporados por orden judicial. En realidad, este antejuicio, es una acción política más que jurídica, es solicitado por el llamado TSJ Legítimo, desde el exterior, que obviamente desconoce esa medida judicial que quitó presencia a los parlamentarios de Amazonas.
Hay controversia sobre la mayoría calificada
No todos los juristas sostienen que son necesarios 112 votos para que proceda el antejuicio.
Hay una tesis divulgada por los juristas José Vicente Haro y Blanca Rosa Mármol que advierte que la Constitución, en su artículo 266, se refiere al asunto del antejuicio de mérito sin hablar de la exigencia de las dos terceras partes de los votos parlamentarios.
En este caso, los juristas señalan que solo se requiere la mitad más uno de los miembros, es decir mayoría absoluta, que son 84 diputados.
Así están las cosas para esta nueva invectiva opositora contra el presidente Maduro, que viene a agregarse a la falta absoluta del mandatario que el 9 de enero de 2017 declaró la Asamblea Nacional anunciando su destitución, sin que ésta ocurriera en la realidad.
Estas no son sino los primeros escollos de esta acción opositora porque vendrán otros acerca de la legitimidad jurídica del “TSJ Legítimo” y de si algún país del mundo se dispondrá a reconocer sus acciones y sentencias.
DC / Venepress