Sentencia del TSJ determinó que es legal el pago de divisas por parte de empresas

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) determinó que es legal pagar con divisas en empleos tras dar a lugar una demanda en diciembre de 2018, en la cual se reclamaba que se le cancelara a una empleada varios conceptos laborales suscritos en dólares a tasa del Sistema de Divisas de Tipo de Cambio Complementario Flotante de Mercado (Dicom).

En la sentencia 884, los magistrados apelan a lo establecido en el artículo 128 de la Ley Orgánica del Banco Central de Venezuela (BCV). Apuntaron “que al no existir una “convención especial”, el pago se hace con base a la tasa Dicom.

Pero se dejó abierta la posibilidad de que las partes, de forma “convenida o convencional”, establezcan que los pagos e indemnizaciones que deriven de ella, se efectúen con base a divisas sin tener que aplicar la tasa Dicom.

Señaló la firma Badell&Grau, citados por El Universal; que de conformidad con lo previsto en dicha norma, efectivamente, existe la posibilidad de pactar obligaciones en moneda extranjera.

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