La Sala Electoral del TSJ ordena al CNE suspender los procedimientos vinculados a la totalización, adjudicación y proclamación de los candidatos a Gobernador de Barinas, así lo informó el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).
En una sentencia admitió la acción de amparo constitucional interpuesta con solicitud de medida cautelar por el ciudadano Adolfo Ramón Superlano, por la presunta violación de los derechos constitucionales a la participación y al sufragio, previstos en los artículos 62 y 63 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, con base en los hechos púbicos y notorios relacionados con el clima de tensión entre las militancias políticas que hacen vida en el estado Barinas, así como a la remisión de la Junta Electoral Regional de las actas de totalización a la Junta Nacional Electoral del Consejo Nacional Electoral (CNE).
Agrega la sentencia que ante la exposición del accionante con respecto a la supuesta existencia de procedimientos y averiguaciones administrativas y penales contra el ciudadano Freddy Superlano, suscrita por el ciudadano Contralor General de la República, donde Superlano se encuentra inhabilitado para el ejercicio de cualquier cargo público.
Asimismo, la decisión señala que se declara procedente la solicitud cautelar, en consecuencia, ordena al CNE la inmediata suspensión de los procedimientos y/o procesos vinculados a la totalización, adjudicación y proclamación del CNE respecto de los candidatos al cargo de gobernador o gobernadora del estado Barinas, en el proceso electoral celebrado el 21 de noviembre de 2021, en esa circunscripción electoral, hasta tanto se decida el fondo del asunto.
El Pitazo