Prohíben la circulación de vehículos oficiales por 12 horas del días, según directriz del Comando Estratégico Operacional de la Fuerza Armada a sus funcionarios.
Con el fin de evitar accidentes automovilísticos ningún vehículo administrativo, táctico o motocicleta podrá circular desde 6:00 a.m. a 6:00 p.m en el territorio nacional.
Se espera que la orden firmada por el general en jefe Domingo Antonio Hernández, logre la reducción de estadísticas sobre accidentes de tránsito en horas de la noche.
En cuanto a las estadísticas manejadas por la Fuerza Armada Nacional, el Comando Estratégico Operacional emitió un radiograma «No Clasificado», según reseñó La Patilla.
En el mismo se emitió la orden en la que prohíben la circulación de los vehículos oficiales.
La orden va dirigida a todos los integrantes de la FAN, tras su publicación el pasado 6 de abril de 2022.
En el texto citado en el documento destaca que se dirige a:
«Mayores generales, almirantes comandantes de componentes militares y regiones estratégicas de defensa integral».
Así como «generales de división y vicealmirantes comandantes de las zonas operativas de defensa integral».
«Se reitera la instrucción (de carácter permanente) en donde se ordena que queda terminantemente prohibido la circulación de vehículos administrativos y/o tácticos en todo el territorio nacional después de las 18:00 horas y antes de las 6:00 horas», dice el texto.
El mismo continúa: «Así como la circulación de motos de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana o de propiedad particular (sea conductor y/o pasajero) después de las 18:00 horas y antes de las 06:00 horas».
«Esta orden se realiza atendiendo la evaluación de riesgos y estadísticas de accidentes de tránsito en horas nocturnas», finaliza la misiva.
Fuente: El Nacional