Trabajadores públicos realizaron una marcha este 15 de septiembre desde la esquina de Salas hasta el Tribunal Supremo de Justicia en Caracas para entregar documentos y exigir el respeto de sus derechos laborales.
Entre consignas los familiares de los trabajadores presos y asistidos por abogados pidieron amparo constitucional en contra de las sentencias que presentó la Sala Político Administrativa.
Asimismo, en el documento de cinco capítulos dirigido al presidente y magistrados de la Sala Constitucional, figuran la docente Yorbelys Oropeza, Eduardo José Torres Muñoz (abogado), Belkis Bolívar (abogada y docente jubilada) y Jim Rainer Albornoz (abogado). Los mismos solicitaron el amparo constitucional contra las decisiones judiciales.
«Todos y cada uno de los prenombrados actuando en nuestro propio nombre y en defensa de nuestros legítimos derechos e interés como empleados o trabajadores activos y/o personal jubilado de Universidades, Unidades Educativas o dependencias oficiales. La primera asistida judicialmente por los abogados ya identificados. Con el debido respeto, pero con la convicción y dignidad que dimana de nuestra condición de ciudadanos venezolanos, acudimos ante esa sala a fines de interponer «Acción de Amparo Constitucional contra Decisiones Judiciales», cita el texto.
Las decisiones se emitieron, según el documento, el pasado 11 de agosto por parte de la Sala Político Administrativa de este mismo Tribunal Supremo.
El documento continúa enumerando las sentencias, mismas que inician con la No.444 en «demanda de nulidad y amparo cautelar incoado por Josefa María Camargo Rincón, actuando en su nombre y como apoderada judicial de la ciudadana Martha Soledad Torres. En contra del denominado instructivo Onapre.
La sentencia No. 445, «en demanda de nulidad y amparo cautelar incoado por la Universidad Central de Venezuela y otras universidades, en contra del denominado instructivo Onapre».
Y por última la sentencia No. 446, «en demanda de nulidad y amparo cautelar incoado por la Universidad de Los Andes en contra del denominado instructivo ONAPRE».
Seguidamente, el documento expresa que en los casos prevalece una violación de derechos y garantías constitucionales. Así como una grave amenaza de restricción del Derecho a la Tutela Judicial Efectiva y de Acceso a la Justicia, por parte de las decisiones y magistrados firmantes.
De igual forma expresan que la Sala Político Administrativa actuó fuera de sus competencias. Ante esto señalan que «las declaraciones de inadmisibilidad de las referidas demandas de nulidad fueron redactadas en similares términos».
«La Sala Político Administrativa actuó rebasando y fuera de su competencia, al declarar inadmisibles las demandas y la inexistencia del acto impugnado. Pues esto es una cuestión de mérito que sólo podía declararse después de un proceso debidamente tramitado. Las mismas decisiones y su pronunciamiento sobre la supuesta inexistencia del instructivo que nos afecta impediría nuevas acciones contra el mismo. A pesar de que los ministerios involucrados lo aplican y no han negado en juicio su existencia, violándose directamente nuestro derecho de acceso a la justicia y a la tutela judicial efectiva. Así solicitamos se declare», pidieron en el documento.
«Las decisiones de forma infundada, inmotivada, ilegal e inconstitucional imponen sanciones y contiene amenazas para los accionantes. Y para quienes pretendan ejercer futuras acciones contra actos u omisiones de la administración», indica otra parte del texto.
Sobre esta decisión, expresan que «la imposición de multas a los accionantes y la amenaza con otras responsabilidades no solo violan los derechos constitucionales de aquellos. Sino que implican un precedente judicial que se constituye en amenaza de violación e impedimento para libremente acceder a los órganos de justicia y ejercer nuestros derechos, por encontramos en similar condición de estar siendo afectados en nuestros derechos laborales por las actuaciones y omisiones de los órganos del gobierno involucrados en el pago de nuestros salarios, pensiones y demás beneficios».
Mientras que en cuanto a las decisiones infundadas con amenazas para los abogados y personas naturales que representan a entes jurídicos actuantes. «Nuevamente patentizan una clara amenaza a cualquier abogado, dirigente sindical o gremial, o persona natural que represente y actúe en futuras demandas», citaron.
«Las identificadas decisiones judiciales han violado o, sirviendo como precedente judicial, amenazan con violar los derechos y garantías constitucionales de acceso a la justicia; el debido proceso; el principio de que no se sacrifique la justicia por formalidades no esenciales; los derechos laborales (libertad sindical, salario digno y progresividad y no renunciabilidad de los derechos de los trabajadores); el ejercicio de la profesión de abogados; la libertad personal; y el trabajo, consagrados en los artículos 26, 49, 257, 89, 91, 95, 44 y 87, respectivamente, de la Constitución», argumentaron.
Los solicitantes del amparo esperan que cese la persecución así como la violación de sus derechos laborales. Acciones calificadas como ilegales e infundadas.
Fuente: El Nacional