TSJ despenaliza las relaciones homosexuales dentro de la Fuerza Armada Nacionales

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela ha anulado la disposición contenida en un artículo del Código Orgánico de Justicia Militar que establecía penas de prisión para militares que mantuvieran relaciones sexuales con personas del mismo sexo. La decisión se tomó tras diversas solicitudes de la comunidad LGBTI del país y fue anunciada en una nota de prensa emitida por el TSJ el 16 de marzo.

La Sala Constitucional del TSJ anuló la disposición a petición del defensor del pueblo, Alfredo Ruiz, argumentando que carecía de suficiente claridad y precisión jurídica en lo que respecta a la conducta que pretendía sancionar. La norma imponía una pena de 1 a 3 años de cárcel al militar que cometiera “actos sexuales contra natura”, sin definir qué debe entenderse por tales actos, lo cual vulneraba los principios constitucionales.

El TSJ señaló además que esta norma es contraria al postulado fundamental de progresividad en materia de garantía de derechos humanos. Con esta decisión, el TSJ se suma a la lucha por el reconocimiento de los derechos de la comunidad LGBTI en Venezuela.

Esta decisión es consecuencia de la lucha que ha mantenido la comunidad LGBTIQ+ de Venezuela desde el 2015, cuando fueron hechas una serie de peticiones al TSJ, como las relativas al matrimonio igualitario, el reconocimiento de identidad de género y la anulación del artículo que penalizaba las relaciones sexuales entre militares del mismo sexo.

 

 

Con información de La Nación.

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