El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en el exilio, que fue designado por la Asamblea Nacional electa en 2015, emitió un comunicado alertando a la comunidad internacional sobre las denuncias del estudiante John Álvarez, quien señaló durante una audiencia de presentación que fue sometido a torturas.
«El Tribunal Supremo de Justicia Legítimo de Venezuela, de conformidad con lo establecido en los artículos 335 de la Constitución de la República y 4 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, le corresponde ejerce su deber de preservar la supremacía y efectividad de las normas y principios constitucionales, así como la defensa de los Derechos Humanos», comienza el texto.
Y añade: «En cumplimiento de tales funciones considera conveniente, útil y necesario dirigirse a los venezolanos y la comunidad internacional para expresar su parecer en torno a las torturas, tratos crueles e inhumanos que vienen sufriendo los presos políticos en Venezuela. Asimismo, dar a conocer las denuncias interpuestas por el estudiante John Álvarez, quien durante una audiencia de presentación ante el juez en funciones de control Franklin Mejías, la Fiscalía del Ministerio Público y demás asistentes a dicho acto, denunció las torturas sufridas con el propósito de conminarlo a implicar a los sindicalistas que fueron detenidos y condenados por luchar en favor de los derechos laborales de sus afiliados».
Al respecto, el TSJ en el exilio enfatizó que rechaza cualquier acto de tortura o tratos crueles, inhumanos y degradantes. Señaló que este tipo de tratos son «realizados de manera sistemática y como política de la tiranía de Nicolás Maduro Moros, con el propósito de obtener confesiones o declaraciones bajo coacción, en franca violación de los numerales 1 y 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela».
Seguidamente, el organismo condenó la tortura directa e indirecta, y se refirió al sufrimiento infligido a familiares de detenidos, así como la negación de atención médica adecuada, amenazas y negación de condiciones mínimas en lugares de reclusión.
Además, el TSJ en el exilio determinó denunciar ante la Fiscalía de la Corte Penal Internacional (CPI), las actuaciones de los miembros del Poder Judicial, el Ministerio Público, la Defensoría del Pueblo y de los órganos policiales y militares en Venezuela, en la comisión de crímenes de lesa humanidad
«Recibir órdenes de miembros que conforman el régimen criminal, con el propósito de facilitar la comisión de esos crímenes, bien como cómplices, encubridores o colaboradores», indica el texto.
Y remarca que, en especial, se presentará la reciente denuncia de John Álvarez, ya que los actos a los que fue sometido violan el artículo 5 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; los artículos 7 y 10 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; el artículo 5.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, el numeral 1 del artículo 7 del Estatuto de Roma.
Con información de El Nacional