Sudeban eleva los límites de movilización y especifica los requisitos para la apertura de cuentas bancarias

La Superintendencia Nacional de Instituciones del Sector Bancario (Sudeban) anunció la resolución SIB-II-GGR-GNP. 02207, con fecha del 25 de marzo de 2025. Esta medida incrementa el límite mensual de movilización en cuentas corrientes y de ahorro en el sistema financiero del país.

Para las cuentas de nivel 1, el nuevo límite se eleva de 700 a 1.000 veces el tipo de cambio más alto, de acuerdo con lo indicado por el Banco Central de Venezuela (BCV). Las cuentas de nivel 2 podrán sobrepasar esa cantidad, brindando mayor flexibilidad a los usuarios.

Respecto a los requisitos para abrir cuentas, se establecen diferentes condiciones para los niveles 1 y 2. Para las cuentas de nivel 1, los solicitantes deben presentar:

– Cédula de identidad laminada (vigente o vencida).
– Dirección del titular.
– Pasaporte, en caso de ser extranjero.

Por su parte, las cuentas de nivel 2 requieren un conjunto más amplio de documentos, que incluye:

– Cédula de identidad laminada (vigente o vencida).
– Dirección del titular.
– Registro Único de Información Fiscal (RIF) vigente.
– Pasaporte para extranjeros.
– Certificación de ingresos para quienes ejerzan actividades económicas independientes.
– Constancia laboral para aquellos que estén en relación de dependencia.

En lo que respecta a las cuentas en moneda extranjera, se mantendrán los mismos requisitos y limitaciones que las cuentas en bolívares, ajustados según el tipo de cambio del BCV. Además, se requiere una entrevista con el solicitante, que podrá ser presencial o virtual, y el proceso electrónico facilitará la firma de documentos, exceptuando las cuentas laborales siempre que los patronos faciliten los datos de sus empleados.

DCN/Agencias

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