El sábado 12 de abril, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró la constitucionalidad del decreto de emergencia económica firmado por el presidente Nicolás Maduro el 8 de abril, el cual fue ratificado posteriormente por la Asamblea Nacional (AN).
A través de sus redes sociales, el TSJ anunció que era competente para revisar el decreto Nro. 5.118, que establece un estado de emergencia económica en todo el país por un período de sesenta días. El organismo ordenó la publicación de este decreto en Gaceta Oficial para su ejecución inmediata.
Este decreto se firmó en un contexto marcado por los aranceles aplicados a Venezuela por la administración de Donald Trump. El presidente Maduro indicó que el decreto incluye «medidas de gran magnitud e impacto en la economía nacional de carácter estructural» con el objetivo de proteger los derechos económicos, sociales, culturales y educativos del pueblo venezolano.
El parlamento nacional aprobó el documento el 10 de abril y luego lo remitió a la Sala Constitucional. Con la activación de este decreto, el mandatario cuenta con plenos poderes para tomar «todas las medidas necesarias» en respuesta a «una guerra comercial sin precedentes que infringe normas internacionales».
DCN/Agencias