El Gobierno nacional publicó, a través de la Gaceta Oficial No. 40.481 del 22 de agosto, específicamente en el decreto presidencial N° 1.190, la lista de rubros alimenticios, artículos medicinales, productos de construcción y terminados a los que se les prohibió la salida del país por medio de exportaciones.
En total fueron 21 rubros alimenticios y 11 productos de higiene personal, además de medicamentos, productos para la construcción y productos terminados.
El presidente de la República, Nicolás Maduro, indicó el pasado viernes 22 de agosto que quedaba prohibida la exportación de productos venezolanos de la cesta básica, esta medida en el marco del plan contra el contrabando de extracción, delito que se lleva a Colombia al menos el 40% de los productos fabricados en Venezuela.
“Yo voy a sacar un decreto, el lunes, identificando todos los productos y de manera expresa establecer las penalidades, de acuerdo a la ley, para funcionarios que permitan por alguna unidad aduanera la exportación de esos productos, pero queda terminantemente prohibida la exportación de todos los productos de la dieta básica del venezolano”, enfatizó el Jefe del Estado desde Catia, en Caracas.
En la Gaceta Oficial número 40.481 del 22 de agosto se estableció que «se prohíbe el tránsito por el territorio nacional con fines de exportación o extracción hacia el territorio extranjero de los rubros y productos de la cesta básica, insumos, medicinas y demás bienes importados o productos en el país para la consumo del pueblo, indispensables para la vida digna, la salud, la seguridad y la paz social».
En el decreto se exhortó a los ministerios respectivos a indicar el código arancelario así como al estudio para adecuar el arancel de aduana.
Igualmente, se delega en «las autoridades militares y policiales» a verificar e inspeccionar (…) a los fines de evitar las prácticas tendientes al contrabando de extracción» de esos productos y junto con las autoridades civiles definirán las sanciones que se aplicarán».
Lista de artículos que no podrán ser exportados, según el portal El Mundo, Economía y Negocios:
Alimentos, materias primas y sus insumos:
– Aceites de maíz, soya, girasol, palma o mezclas.
– Alimentos baloanceados para animales.
– Arroz paddy y arroz de mesa.
– Arvejas, caraotas, lentejas, frijol de soya y leguminosas en general.
– Atún, sardinas y jurel.
– Azúcar crudo y refino.
– Café en grano verde, tostado y molido o liofilizado.
– Carne de bovino, de cerdo, pollo y gallina.
– Ganado bovino en pie.
– Harina de girasol, de soya, de trigo y de maíz.
– Leche cruda, en polvo y UHT.
– Maíz blanco y amarillo.
– Mantequilla y margarina.
– Pasta alimenticia.
– Trigo panadero y pastificio.
– Huevos de gallina
– Mayonesa y salsa de tomates.
– Mortadela.
– Sal
– Papas.
– Tomates.
Productos de higiene personal
– Pañales desechables
– Papel higiénico.
– Toallas sanitarias.
– Champú y acondicionador para el cabello.
– Crema dental.
– Jabón de tocador.
– Jabón de panela para lavar.
– Detergentes y blanqueadores.
– Limpiadores y desinfectantes.
– Afeitadoras desechables.
– Tintes de cabello.
Productos de salud
– Medicamentos, material médico quirúrgico, lencería descartable, repuestos e insumos para equipos médico-quirúrgicos, prótesis para rodillas e intraoculares, métodos anticonceptivos, equipos, materiales y reactivos de laboratorio y para diagnóstico.
– Productos odontológicos.
– Materia prima, insumos, principios activos y excipientes para la elaboración de medicamentos.
– Insumos transversales a la cadena de insumos para la salud: tapas plásticas y metálicas, adhesivos, etiquetas, tintas, gomas, papel y cartón para empaques, envases de vidrio, aluminio y plásticos; materiales para empaque en general.
Productos para la educación y construcción
– Textos, uniformes y útiles escolares.
– Cemento, cabilla y bloques.
Productos terminados, desechos sólidos e insumos
– Aluminio
– Hierro
– Acero
– Cartón y papel
Agencia/DC