Venezolanos ya pueden abrir cuentas en dólares

El convenio establece que las personas naturales podrán realizar depósitos en efectivo de hasta un máximo mensual de 2.000 dólares estadounidenses o su equivalente en otras divisas en estas cuentas, que funcionarán de forma parecida a una cuenta corriente pero sin la posibilidad de emitir cheques.

Las personas naturales también podrán mantener en esas cuentas divisas provenientes de transferencias ordenadas desde el exterior de fondos depositados en cuentas en moneda extranjera en instituciones financieras del exterior.

También pueden recibir recursos provenientes de las remesas enviadas por familiares residenciales en el extranjero, incluso pensiones y jubilaciones causadas en el exterior; asignaciones pagadas por organismos internacionales por el desempeño de funciones de dirección o asesoría así como las pagadas por la República de Venezuela.  

En tales organismos que no deriven en la prestación de servicios remunerados en el territorio nacional; el pago de servicios profesionales en el exterior y las rentas pagadas tras la inversión en instrumentos financieros incluyendo el capital de los mismos.

También permite a personas jurídicas mantener cuentas en divisas cuyos fondos provengan de transferencias ordenadas de fondos propios depositados en cuentas en moneda extranjera en instituciones financieras del exterior de las cuales sean titulares; las rentas pagas por la inversión en instrumentos financieros y su capital, así como por la liquidación de préstamos y otras modalidades de financiamiento externo al sector privado.

 

DC/AVN

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