Este primero de diciembre, entra en vigencia la Ley de Ilícitos Cambiarios reformada por vía Habilitante, según lo establecido en Gaceta Oficial Extraordinaria Número 6.150 que fue publicada el 18 de noviembre de 2014.
La normativa tiene algunas modificaciones, como la denominación del «Mercado Alternativo de Divisas» que sustituye al título «Operaciones de Cambio», el cual dicta los lineamientos permitidos para obtener, pagar o disfrutar las divisas otorgadas.
Esta medida aplica tanto para personas jurídicas como naturales, las cuales entren a un mercado distinto al existente.
Se recuerda que el pasado mes de febrero se le hizo una reforma a la ley, para incluir algunos lineamientos que constituyeran el Sistema Alternativo de Divisas, en su versión segunda «Sicad 2».
En este sentido, algunos analistas indican que el nuevo instrumento abre la posibilidad a constituir otros esquemas de cambio.
2001 | DC