Miguel Rodríguez Torres, exministro de Relaciones Interiores Justicia y Paz mediante un artículo publicado en su página web calificó de «innecesaria» la resolución 8610 que establece límites de actuación a la Fanb en el reestablecimiento del orden público.
A continuación, el texto integro:
Se ha polemizado mucho en torno a esta resolución emanada desde el Ministerio del Poder Popular para la Defensa (MPPD), que pretende regular las actuaciones de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB) en el tema tan sensible del orden público. Voy a emitir opinión al respecto, dada mi experiencia en la materia.
En primer lugar asumo que la intención de tal resolución es buena, apunta a establecer límites de actuación a la FANB cuando deba participar en el restablecimiento del orden público y dejar clara las responsabilidades y consecuencias de tales actuaciones. Sin embargo, creo que es innecesaria y provocadora de un debate que por lo sensible debe manejarse con la sutileza correspondiente. Aclaro que la revolución bolivariana y sus instituciones han rescatado el sentido sagrado y fundamental de los Derechos Humanos (DDHH), inclusive ampliando su valor en tiempo y espacio.
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) en su artículo 68 prohíbe taxativamente el uso de armas de fuego en el control de manifestaciones pacíficas y complementariamente, las normas sobre la actuación de los cuerpos de policía para garantizar el orden público y la paz social y la convivencia ciudadana en reuniones públicas y manifestaciones, además de las normas y principios para el uso progresivo y diferenciado de la fuerza de los cuerpos policiales, ya vigentes e inclusive con buen desarrollo académico e investigativo, son un marco sólido para la actuación ante las protestas de los ciudadanos.
Es válida la preocupación sobre el qué hacer en caso de que una manifestación se torne violenta y los manifestantes o algunos de ellos utilicen armas de fuego contra los representantes de la autoridad. Y digo que es válida porque en las llamadas “guarimbas” del año 2014 murieron oficiales de la FANB y funcionarios policiales por disparos hechos desde las filas opositoras que disfrazaron de pacífica a una insurrección armada y con el claro fin de derrocar al gobierno del presidente Maduro. Ante una situación así, ya vivida, se aplica las normas sobre el uso progresivo y diferenciado de la fuerza, empleando entonces a las unidades tácticas especiales de los cuerpos de policía para la neutralización de tales amenazas, que de paso, no solo quitan la vida a funcionarios de seguridad sino que ponen en grave peligro la de los mismos ciudadanos que protestan, allí en muchos casos se pudiera calificar el uso de armas contra funcionarios como subversivo y hasta terrorista.
Por estas razones, creo que tal resolución es innecesaria y me atrevo a recomendar que más bien se unifiquen los criterios de actuación de la Policía Nacional Bolivariana PNB y la GNB, tomando como guía las normas y principios del uso progresivo y diferenciado de la fuerza, aprovechando la coyuntura para generar una doctrina propia y profundamente humana en el tema del control de las manifestaciones.
Por último, que los recursos previstos para adquisición de equipos de control de orden público se asignen con prioridad a la PNB, de manera de fortalecerla y darle suficiente capacidad para alejar cada día más a la GNB de tales misiones, que solo sea por vía de excepción que se emplee a este componente militar en el control del orden público.