La defensa del presidente para Latinoamérica del Grupo 6to Poder, Leocenis García, explicó que el Tribunal 11 de Juicio le notificó formalmente la medida de privativa de libertad, toda vez que el mismo Tribunal revocara la medida cautelar de juzgamiento en libertad, que había sido dictada por el mismo Tribunal.
Fernando Emilio Rebolledo, abogado defensor de García consignó este lunes los documentos que buscan aclarar presuntas ausencias del acusado ante el tribunal. Explicó que con esta documentación se busca justificar su situación de gracia durante el presente proceso.
De esta manera, los documentos se unen a las constancias de presentación de las veces que García ha concurrido al tribunal, así como las constancias médicas debido a secuelas por numerosas huelgas de hambre en defensa de la justicia.
“Consideramos que el señor Leocenis no ha estado en ningún momento en una situación de desacato frente a la administración de justicia y ello lo hemos probado palmariamente el día de hoy”, afirmó Rebolledo.
Denunció que el Presidente para Latinoamérica del Grupo 6to Poder ha tenido “casi una imposibilidad manifiesta de comparecer ante el organismo juridisccional” y que según el abogado se debe a razones administrativas.
Respecto a la manera en que se produjo la detención, el abogado afirmó que se trató de “una interpretación parcial que tendría el tribunal sobre las garantías y la forma se aseguramiento de los procesados” e instó a que estos deben llevar el juicio en libertad, reclamo que ya fue llevado al tribunal.
El domingo 22 de marzo, Leocenis García fue detenido por agentes del Sebin bajo una orden emitida por el juzgado undécimo de primera instancia en funciones de juicio.
Esta es la quinta detención contra García en menos de siete años, convirtiéndose en el primer comunicador venezolano e incluso de América Latina en ser apresado en numerosas oportunidades.
La defensa de Leocenis García, espera que una vez consignado los recaudos que demuestran que sus ausencias en el juicio han sido justificadas, se dicte una medida de juzgamiento en libertad, como la tenía antes de ser revocada por el Tribunal 11 de Juicio.
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