La Procuraduría General de la Nación apeló la medida de aseguramiento preventiva en contra de Santiago Uribe Vélez, señalado de los delitos de homicidio agravado y concierto para delinquir.
El Ministerio Público explicó que, «luego de analizar los fundamentos planteados por el órgano investigador para la imposición de la medida, es claro que estos no son adecuados según los lineamientos legales y constitucionales propios del ordenamiento jurídico, considerando así, que los fines necesarios para imponer la medida de aseguramiento no se encuentran satisfechos y en consecuencia debe revocarse la misma por ser improcedente«.
Agregó que «frente a la posible no comparecencia del sindicado al proceso, es evidente que dichos elementos fueron despreciados, pues es el mismo fiscal quien en su escrito reconoce que el señor Santiago Uribe Vélez ha concurrido a los llamados de la justicia a lo largo de la investigación previa y de instrucción y que ciertamente se trata de una persona con arraigo social y familiar, señala la apelación presentada por el Ministerio Público».
A lo anterior, la Procuraduría añadió «que no es acertado partir para la imposición de la medida de aseguramiento de la mala fe del procesado, quien ha asistido siempre que ha sido citado, y, además, nunca ha demostrado o se ha comportado de una manera que demuestre algún deseo de evadir la acción de justicia».
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