Conforme al artículo 337 de la Constitución Nacional, tendrían que privar circunstancias muy especiales y delicadas para el País en el orden Social, económico, político, natural o ecológico que afecten gravemente la seguridad de la Nación, de las instituciones o de los ciudadanos venezolanos, para que el Presidente de la República en consejo de ministros, pueda decretar un estado de excepción, que implique la suspensión de garantías constitucionales consagradas y que signifiquen la restricción de los derechos políticos de quienes vivimos en Venezuela. Pero además de esta prerrogativa es importante resaltar que, para que un decreto de esta naturaleza tenga vigencia Constitucional, es imprescindible que dentro de los ocho días siguientes a su promulgación, el instrumento en cuestión debe ser remitido para su CONSIDERACIÓN Y APROBACIÓN al poder legislativo nacional, en este caso a la Asamblea Nacional en su cámara plena o a la comisión delegada, cuando esta esté cumpliendo funciones, requisito indispensable, para que pueda tener validez y vigencia y pueda ser instrumentado por el poder ejecutivo.
Dice también el artículo 339 de la carta fundamental, que dicho decreto, entiendo yo que luego de aprobado por la Asamblea, debe ser sometido a la consideración de la sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, para que este considere exclusivamente la Constitucionalidad del mismo; que por cierto debe estar enmarcado dentro de los parámetros, principios y garantías establecidos tanto en el pacto internacional de derechos civiles y políticos como en la convención americana sobre derechos humanos, como una forma de los constituyentes de los distintos países del mundo, de limitar actos de gobierno civiles y militares que atenten contra los avances obtenidos por la humanidad en esta materia fundamental de la vida de las naciones.
El caso del decreto Maduro y su nueva ofensiva contra la población, queda develado como una primitiva y abusiva manera de intentar callar, silenciar y aplastar a una ciudadanía, que a los cuatro vientos está manifestando en las calles y con votos el deseo de cambio de régimen político en el País, pero que una cúpula enceguecida y enferma de poder se niega a reconocer, esto es extremadamente grave y peligroso para la República, porque al cerrar la válvula de escape que significa la esperanza de unas elecciones constitucionales, para escuchar la voz del pueblo y en referéndum decidir la permanencia o no de esta clase política en el poder, se va a producir una gran frustración e indignación nacional, que sin temor a equívocos, desembocará en un conflicto social, traducido en explosión, de impredecibles y catastróficas consecuencias para toda la nación. La radicalización del régimen y la amenaza de las armas contra los venezolanos, nos obliga a rediseñar la estrategia para hacerle frente con éxito a esta barbarie gubernamental y si ayer hablábamos de presionar en la calle para lograr una salida pacífica, democrática, electoral y constitucional, ahora el llamado a nuestro pueblo es a reforzar esa presencia en las calles, hasta lograr el objetivo de cambio, porque por un lado el CNE en connivencia con el TSJ montó la olla para que no haya referéndum este año y por el otro Maduro cree que amenazando pisoteará, doblegará y amedrentará a la mayoría de los venezolanos, que si alguna muestra han dado en la historia, es de coraje, gallardía y dignidad para imponer su voluntad, cuando los déspotas y los momentos históricos así lo han requerido.
“quienes defienden el derecho a la vida de asesinos, avalan la pena de muerte de ciudadanos inocentes” PSB.
DC / Lic. Pedro Segundo Blanco / Ex parlamentario del estado Sucre / petersecond1@hotmail.com / @pedrosegundoABP