Calabozos policiales en Caracas presentan hacinamiento de 461%

 

Frente al exceso de población penal (más de 100.000 presos) en las cárceles con capacidad para 23.000 personas, 1.500 detenidos permanecen en las celdas de cuerpos policiales, afirmó el Observatorio Venezolano de Prisiones, lo que representa un hacinamiento de 461% en los 30 centros de detención de los organismos en los estados Vargas y Miranda

Cada vez que los directores de las policías regionales y municipales solicitan cupos en las cárceles del país para trasladar a los detenidos –la mayoría procesados por incurrir en diferentes delitos y que permanecen hacinados en los calabozos–, la respuesta es siempre la misma: “No hay”.

Frente al exceso de población penal (más de 100.000 presos) en las cárceles con capacidad para 23.000 personas, 1.500 detenidos permanecen en las celdas de cuerpos policiales, afirmó el Observatorio Venezolano de Prisiones, lo que representa un hacinamiento de 461% en los 30 centros de detención de los organismos en los estados Vargas y Miranda, y en los municipios de este último: Chacao, Baruta, El Hatillo, Sucre, Libertador, Guaicaipuro (Los Teques), Los Salias (San Antonio), Zamora (Guarenas) y Plaza (Guatire).

Han pasado seis años ya desde la creación del Ministerio del Servicio Penitenciario y los reclusos aún no ven solución al problema, Desde junio pasado Mirelys Contreras Moreno pasó a ocupar el despacho que dirigía  Iris Varela, recordó Humberto Prado, director del OVP.

En Polisalias, por ejemplo, hay 26 presos en un retén que tiene capacidad para albergar a 12; en Poliguaicaipuro hay 120 y solo pueden estar 70.

La situación se repite en cada uno de los calabozos de las distintas policías de la Gran Caracas, donde los improvisan en oficinas y hasta en patrullas porque las celdas están saturadas. Esto trae como consecuencia la aparición de los llamados avatares: son los presos que, debido al hacinamiento, duermen enrollados como orugas en los barrotes de la ventana, en cajas, en el piso y pegados a la puerta de la celda, agregó Prado.

Son muchas las veces que las policías esposan o atan a los procesados a mesas y sillas, como sucedió con el profesor Richard Marín Torres, del colegio Emil Friedman, acusado de haber abusado sexualmente de un niño y de actos lascivos contra otros dos pequeños; al igual que nueve presos señalados de varios delitos, mientras estuvieron detenidos en la sede principal del Cicpc en la avenida Urdaneta. Prado sostuvo que en esos calabozos mezclan a personas con diferentes acusaciones e incluso a menores de edad con adultos y mujeres con hombres.

Tal situación se le atribuye a Iris Varela durante su gestión al frente del ministerio. La funcionaria impuso la modalidad de los cupos en cárceles que otorgaba a los directores de las policías, lo cual los obligaba a albergar presos en instalaciones no aptas para ello, denunciaron especialistas en el tema penitenciario, quienes han reiterado que los calabozos policiales no están diseñados para retener a una persona por más de 96 horas, con base en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal: “El aprehensor o aprehensora dentro de las doce horas siguientes a la detención, pondrá al aprehendido o aprehendida a la disposición del Ministerio Público, que dentro de las treinta y seis horas siguientes, lo o la presentará ante el juez o jueza de Control competente a quien expondrá cómo se produjo la aprehensión, y según sea el caso, solicitará la aplicación del procedimiento ordinario o abreviado, y la imposición de una medida de coerción personal, o solicitará la libertad del aprehendido o aprehendida (…)  El juez o jueza de Control decidirá sobre la solicitud fiscal, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes desde que sea puesto el aprehendido o aprehendida a su disposición”.

 

DC/EN

 

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