La fundación Humanitas Sin Frontera hizo un llamado a las organizaciones de los DDHH: ONU, OEA, Acnur, Corte Internacional en defensa de los derechos de los jubilidas y pensionados en Venezuela.
En este sentido, en comunicado explican la sistemática violación de su derecho a «tener un nivel de vida adecuado para la salud y el bienestar propio», pues como pensión reciben menos de un dólar para cubrir sus necesidades básicas.
Las personas de la tercera edad en el país se sienten olvidados y abandonados a su suerte.
Denuncia Internacional
Violación a los DDHH de la tercera edad en Venezuela
«No se trata de vivir más sino vivir mejor»
La tercera edad es un sector amplio de la Humanidad, y en la Venezuela de hoy y a causa de la diáspora, el 65% son mayores a 65 años.
Los adultos mayores tienen el derecho de asumir esta etapa de su vida con tranquilidad paz y serenidad
Los derechos de protección, participación e imagen deben ser prioridad para los gobiernos y debe ser obligación internacional la observancia de estas condiciones en cada uno de los gobiernos del mundo.
Se establece que:
“Todas las personas tienen derecho a un nivel de vida adecuado para la salud y el bienestar propio y de su familia, incluyendo comida, ropa, hogar y atención médica y servicios sociales necesarios, y el derecho a la seguridad en caso de desempleo, enfermedad, discapacidad, viudez, edad avanzada o cualquier otra carencia en circunstancias ajenas a su voluntad”.
Las personas mayores tienen derecho a no ser discriminadas por su edad, ni a ser consideradas “inútiles” o “improductivas” en la sociedad ni, mucho menos, en su entorno familiar.
Al contrario, pueden aportar mucho más de lo que creemos si contamos más con ellas.
2) La Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó los siguientes principios en favor de las personas mayores o de la tercera edad:
1. Tener acceso a alimentación, agua, vivienda, vestuario y atención de salud adecuados.
2. Tener la oportunidad de trabajar o de tener acceso a otras oportunidades de obtener ingresos.
3. Poder participar en la determinación de cuándo y en qué medida dejarán de desempeñar actividades laborales.
4. Tener acceso a programas educativos y de capacitación adecuados.
5. Tener la posibilidad de vivir en entornos seguros y adaptables a sus preferencias personales y a los cambios de sus capacidades.
6. Poder residir en su propio domicilio por tanto tiempo como sea posible.
7. Permanecer integradas en la sociedad, participar activamente en la formulación y la aplicación de las políticas que afectan directamente su bienestar y poder compartir sus conocimientos con las generaciones más jóvenes.
8. Poder buscar y aprovechar oportunidades de prestar servicio a la comunidad y de trabajar como voluntarios en puestos apropiados a sus intereses y capacidades.
9. Poder formar grupos o asociaciones.
10. Poder disfrutar de los cuidados y la protección de la familia y la comunidad de conformidad con el sistema de valores culturales de cada sociedad.
11. Tener acceso a servicios de atención de salud que les ayuden a mantener o recuperar un nivel óptimo de bienestar físico, mental y emocional, así como a prevenir o retrasar la aparición de enfermedades.
12. Tener acceso a servicios sociales y jurídicos que les aseguren mayores niveles de autonomía, protección y cuidado.
13. Tener acceso a medios apropiados de atención institucional que les proporcionen protección, rehabilitación y estímulo social y mental en un entorno humanitario y seguro.
14. Poder disfrutar de sus derechos humanos y libertades fundamentales cuando residan en hogares o instituciones donde se les brinden cuidados o tratamiento, con pleno respeto de su dignidad, creencias, necesidades e intimidad, así como de su derecho a adoptar decisiones sobre su cuidado y sobre la calidad de su vida.
15. Poder aprovechar las oportunidades para desarrollar plenamente su potencial.
16. Tener acceso a los recursos educativos, culturales, espirituales y recreativos.
17. Poder vivir con dignidad y seguridad y verse libres de explotaciones y de maltrato físico o mental.
18. Recibir un trato digno, independientemente de su edad, sexo, etnia, discapacidad u otras condiciones, y han de ser valoradas independientemente de su contribución económica.
Caso Venezuela
«El maltrato a las condiciones de vida por parte del gobierno de Nicolás Maduro»
Los Pensionados y Jubilados Venezolanos del Seguro Social en Venezuela, como medida de desesperación, hacemos un llamado de Emergencia Humanitaria y por ello recurrimos a los Organismos de la defensa de DDHH: ONU, OEA, ACHNUR, CORTE INTERNACIONAL y otros, para denunciar el genocidio sistemático, la deshumanización y la dificultad económica física, moral y mental ante cualquier posibilidad para los ancianos, como son los Pensionados del Seguro Social, de sobrevivir y mucho menos de vivir dignamente, cuya mayoría débil, hambrienta, enferma, sin trabajo y abandonada a su suerte.
La vergonzosa, humillante y violadora situación económica de los DDHH de ancianos pensionados y jubilados de cualquier ser humano no puede ser aceptada como justa por ningún organismo que defienda la sana y justa condición humana.
En Venezuela los pensionados y jubilados, como pensión para Alimentación y Medicamento, reciben menos de UN DÓLAR (1$) condenándolos a morir en las más trágicas y tortuosas condiciones mientras la dirigencia política mandante disfruta de cuentas exorbitantes en monedas extranjeras en sus cuentas personales para sus lujos y caprichos personales
Venezuela no es un país pobre, es un país sumamente rico en vía de la destrucción absoluta, económica y social, donde los niños y ancianos son los más afectados y olvidados, a causa del despilfarro robo y abuso de quien hoy, con el apoyo militar, dirige la nación y nuestras vidas.
Presidente Humanitas sin Frontera
Arq. Laura Bolla
CI: V-4521507
Solicitud que expide a Nivel Internacional, la fundación HUMANITAS SIN FRONTERA a nombre de los solicitantes:
FIRMANTES:
Carlos Petit
C.I : V- 4.015.466.
Fecha de nacimiento: 04/09/1948.
Edad : 72 años.