El Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (INAC) le recordó a los prestadores de servicios aéreos que no deben incurrir en el proceso de comercialización de boletos en rutas no autorizadas.
A través de la red social de Twitter, el INAC resaltó que dicha práctica está fuera de la normativa actual, ya que por la pandemia del Covid-19, sólo están autorizados los vuelos en las rutas hacia y desde Turquía, Rusia, México, Panamá , República Dominicana y Bolivia.
«Instamos a los explotadores aéreos y agencia de viaje a no incurrir en dicha práctica», refiere el INAC junto a un comunicado en el que señala que cumpliendo con el artículo 117 de la Constitución Nacional y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 9 de la Ley de Aeronáutica Civil, así como los numerales 4 y 14 del artículo 13 de la Ley de Creación del INAC, este ente de la aeronáutica del país informa al público en general que Venezuela mantiene restricciones sobre el espacio aéreo, con el objeto de mitigar el impacto del Covid-19.
En este sentido, el Instituto Nacional de Aeronáutica Civil ratificó que otros destinos distintos a las rutas hacia y desde Turquía, Rusia, México, Panamá , República Dominicana y Bolivia, deberán ser previamente autorizados por las autoridades competentes, especificando que en caso de incumpliendo, podría acarrear responsabilidades administrativas, civiles y penales por parte de los explotadores aéreos y las agencias de viajes, refiere el comunicado.
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