El tribunal penal que lleva el juicio contra el autócrata Alberto Fujimori por el asesinato de seis campesinos —perpetrado por militares durante su Gobierno— ha prohibido su salida del país durante un año y medio. La medida se ha concedido a petición del fiscal, ante la inminente excarcelación del reo tras la decisión del Tribunal Constitucional el jueves pasado, que aprobó un hábeas corpus. Fujimori tiene pendiente, entre otros casos, comparecer en el juicio oral del caso Pativilca como autor mediato de homicidio calificado, que se considera delito de lesa humanidad, cometido al norte de Lima en enero de 1992 por el Grupo Colina, un escuadrón de la muerte del Ejército peruano que cometió decenas de ejecuciones extrajudiciales a civiles bajo el paraguas de la lucha contra el terrorismo al inicio de la década de los 90.
El fiscal Luis Javier Ramírez pidió además comparecencias con restricciones para asegurar que Fujimori se presente al juicio, en vista de que en otros casos de graves violaciones a los derechos humanos no ha pagado la reparación civil a las víctimas y sus familiares. El reo tiene una deuda de 13,6 millones de dólares con el Estado por reparación civil, según el procurador anticorrupción. La tarde del jueves, la jueza Miluska Cano señaló que cuando Fujimori sea excarcelado debe informar a su despacho de cuál será su domicilio en la ciudad de Lima, y “presentarse ante el tribunal cuando este lo requiera, salvo que su situación de salud —debidamente documentada— se lo impida”.
Entre los fundamentos de su decisión, la jueza comentó que este viernes 25 de marzo el Estado peruano remitirá sus observaciones a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre las medidas provisionales que tomará ante el fallo del Tribunal Constitucional peruano. “Se debe advertir el impacto sobre el derecho a la verdad y el derecho a la reparación, más cuando el procesado no ha pagado la reparación civil en los casos Barrios Altos y La Cantuta”, afirmó Cano. En noviembre de 1991 el Grupo Colina asesinó a 15 personas —entre ellos un niño de ocho años— en un inmueble de Barrios Altos, en el centro de Lima, y, en julio de 1992, secuestró a nueve estudiantes y un profesor de la universidad nacional de educación La Cantuta a quienes luego ejecutó extrajudicialmente. Al año siguiente, algunos de los cuerpos fueron encontrados calcinados al este de la capital.
En 2009, la Sala Penal Especial condenó a Fujimori a 25 años de prisión como autor mediato de los delitos de homicidio calificado y lesiones graves por ambos casos, después de haber sido extraditado desde Chile. La sentencia llegó después de un largo proceso en el sistema de justicia interamericano al que acudieron las víctimas y sobrevivientes ante la imposibilidad de encontrarla en el fuero peruano. La CIDH halló responsabilidad del Estado peruano en ambos casos, y como parte de las reparaciones dispuso la investigación y sanción de los delitos, entre otras medidas. Fujimori ha cumplido 15 años de dicha condena.
Bajo el argumento de que Fujimori, de 82 años, no representa un peligro para la sociedad y tiene la salud resquebrajada, el recurso que el abogado Gregorio Parco presentó al Constitucional pidió anular la resolución del juez supremo Hugo Núñez que en 2018 invalidó el indulto que el entonces presidente Pedro Pablo Kuczynski otorgó a Fujimori en la nochebuena de 2017.
En el debate del jueves pasado, del habeas corpus, los jueces quedaron empatados tres a tres, pero el presidente del Constitucional, Augusto Ferrero, definió con el voto dirimente. Ferrero llegó a la corte en 2017 apadrinado por la bancada fujimorista de Fuerza Popular y la líder de ese grupo político, Keiko, la hija mayor del expresidente.
Aunque el Constitucional no ha difundido la sentencia —con los argumentos a favor y en contra— el jueves comunicó que la decisión con los tres votos a favor del hábeas corpus “restituye los efectos de la resolución del 24 de diciembre de 2017, que concedió el indulto humanitario al demandante, y dispone su libertad”. El juez Núñez anuló en octubre de 2018 el perdón presidencial debido a que fue producto de una negociación política de Kuczynski con Kenji —el hijo menor de Fujimori, congresista en ese momento— para evitar su destitución.
El magistrado demostró que el trámite del indulto ocurrió en un lapso extraordinariamente breve y que hubo irregularidades en los informes médicos sobre el reo. A petición de los familiares de las víctimas de los casos La Cantuta y Barrios Altos, el juez evaluó si el indulto infringía las obligaciones del Estado peruano ante el sistema interamericano de justicia y concluyó que era incompatible con ellas. Para el juez Núñez, los vicios procesales del indulto de 2017 evidenciaron la falta de debido proceso, independencia y transparencia que el caso exigía. “No procede otorgar beneficios en forma indebida que puedan conducir de algún modo a la impunidad”, dijo en su resolución.
De aquel episodio, Kenji Fujimori enfrenta desde enero un juicio por cohecho y tráfico de influencias debido al canje del indulto de su padre a favor de votos para salvar la presidencia de Kuczynski. El fiscal ha pedido once años de prisión para el hijo menor de Fujimori.
Tras el fallo de los tres magistrados del Constitucional, la semana pasada, la Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos expresaron su preocupación por el incumplimiento de las sentencias de los casos Barrios Altos y La Cantuta, y la oficina de derechos humanos de Naciones Unidas recordó que las normas internacionales restringen los indultos en casos de graves violaciones a los derechos humanos. El martes, los expertos en derechos humanos de la ONU también rechazaron el fallo del Constitucional, en un comunicado. “Las víctimas de violaciones a los derechos humanos esperaron justicia por un largo tiempo, y esta decisión representa un doloroso retroceso para ellas”, plantearon Fabián Salvioli, relator especial sobre la promoción de la verdad, la justicia y la reparación; Morris Tidball Binz, relator especial sobre ejecuciones judiciales; y cinco miembros del Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias.
“La decisión del Tribunal Constitucional de liberar al señor Fujimori y de restablecer un indulto presidencial que le había sido concedido en 2017 parece ser inconsistente con los estándares internacionales de derechos humanos que restringen el uso del indulto en casos que involucran crímenes de lesa humanidad”, añaden los especialistas de procedimientos especiales de Naciones Unidas.
Este viernes, un procurador debe informar a la Corte Interamericana de la posición del Estado peruano acerca de lo decidido por el Constitucional, mientras a las puertas del recinto donde Fujimori cumple su condena la prensa espera la excarcelación que podría ser efectiva alrededor del día 28, fecha límite que tienen los magistrados para entregar la argumentación de sus votos en la cuestionada sentencia.
Fuente: El País