La Superintendencia Nacional de Instituciones del Sector Bancario (Sudeban) suspendió por 90 días hábiles bancarios, contados a partir del 1 de diciembre, el registro como proveedor de puntos de venta a la empresa Servicios Rapidpago.
Igualmente, suspendió, por el mismo lapso contado a partir del 2 de diciembre, la venta de nuevos puntos de venta a Ubii Pagos, sin especificar en las comunicaciones enviadas a los bancos y empresas emisoras de tarjetas, las causas concretas de estas sanciones.
En ambas comunicaciones, el organismo regulador instruye que «la suspensión acordada en el mencionado acto administrativo, no afectará la prestación de servicios relacionados con los puntos de venta comercializados y activos al 30 de noviembre de 2022, tales como, la plataforma de interconexión entre el dispositivo electrónico (punto de venta) y la institución bancaria; así como, cualquier otro servicio que fuere necesario para mantener el normal funcionamiento de los dispositivos electrónicos (puntos de venta)».
La Sudeban señala que, en consecuencia, los bancos y emisores de tarjetas están obligados a suspender la asignación, activación o conexión de los puntos venta comercializados por las empresas sancionadas durante el lapso establecido por la duración de las penalizaciones.
La entidad regulatoria del sector bancario había advertido recientemente a las proveedoras de puntos de venta, así como a los bancos, sobre la necesidad de respetar el nuevo tarifario bancario establecido por el Banco Central de Venezuela, pero, como ya se apuntó, las razones de estas penalizaciones no fueron establecidas en las comunicaciones oficiales.
Con información de Banca y Negocios