En la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.852, fechada el 13 de noviembre de 2024, se publicó la Ley Aprobatoria del “Acuerdo entre el gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y el gobierno de la República Popular China Relativo a la Promoción y Protección de Inversiones”.
El Acuerdo busca establecer un marco jurídico que favorezca las inversiones recíprocas entre ambos países, promoviendo un desarrollo sostenible y respetando la soberanía de las naciones y sus respectivos sistemas legales.
El documento define «inversión» como todo tipo de activos adquiridos con aportes transfronterizos. Esto incluye empresas, bienes muebles e inmuebles, derechos de propiedad intelectual y otros activos, excluyendo cierto tipo de activos y decisiones judiciales. Además, se detallan los derechos y la definición de «inversor».
El Acuerdo, que se aplicará a inversiones anteriores y posteriores a su entrada en vigor, también establece que cada Parte debe fomentar un ambiente justo y equitativo para las inversiones. Las inversiones no podrán ser expropiadas sin compensación, y se garantizan mecanismos para la repatriación de ganancias.
Asimismo, se establecen procedimientos para resolver controversias entre las Partes y los inversionistas, priorizando la comunicación y negociaciones directas. En caso de discrepancias, se podrá recurrir a arbitrajes establecidos por normas internacionales.
Este Acuerdo reafirma el derecho de las Partes a regular en sus territorios por razones de salud pública, seguridad y medio ambiente, y establece procedimientos para notificar disputas y consultas entre ambas naciones.
El Acuerdo entrará en vigor a los 60 días tras la notificación de cumplimiento de procedimientos internos y tendrá una vigencia inicial de diez años.
DCN/Agencias