Postulaciones para el 8-D pasan de 16 mil

Las juntas atendieron las subsanaciones hasta este lunes, por lo que hoy se podrá tener el número definitivo de inscripciones y de candidatos.

De acuerdo al artículo 139 del Reglamento General de la Ley de Procesos Electorales, el postulante llamado a subsanar cuenta con hasta 48 horas para presentar los documentos faltantes.

Cambios. La Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre) prevé en su artículo 62 que las organizaciones políticas postulantes pueden sustituir sus candidatos sin límite de tiempo en los casos de “fallecimiento, renuncia, discapacidad física o mental (…) o por razones constitucionales y/o legales”.

Aunque se espera que el TSJ haga un nuevo pronunciamiento sobre David Uzcátegui -candidato en Baruta por la MUD- antes del jueves, en cualquier momento antes de la de la elección, el candidato podrá ser reemplazado por el partido que lo presentó.

La sustitución de la que habla el artículo 62 de la Lopre constituye una nueva postulación y, en consecuencia, cuando el sustituto no sea un candidato previamente admitido, deberá cumplir con los requisitos establecidos.

DC/ Últimas Noticias

Foto: AVN

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